Emite CNDH Recomendación al gobernador Carreras por caso de tortura

 

Por: Antonio González Vázquez.

 

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 43/2016, dirigida a los titulares de la Secretaría de Marina (SEMAR), Vidal Francisco Soberón Sanz; Comisión Nacional de Seguridad (CNS), Renato Sales Heredia; Procuraduría General de la República (PGR), Arely Gómez González, y Gobierno del Estado de San Luis Potosí, Juan Manuel Carreras López, por violaciones a los derechos humanos de siete personas.

 

A la SEMAR por violaciones a los derechos humanos a la libertad y seguridad personal, a la inviolabilidad del domicilio, a la integridad personal y por tortura, ésta última únicamente en agravio de una de las personas.

A la CNS por violación al derecho a la inviolabilidad del domicilio, y a la PGR y al Gobierno del Estado de San Luis Potosí por violación al derecho humano de acceso a la justicia.

 

Entre el 26 de junio y el 29 de noviembre de 2013, este Organismo Nacional recibió diversas quejas en las que se identificaron circunstancias de modo y lugares similares, así como las mismas autoridades señaladas como responsables, por lo que se acordó su acumulación en un solo expediente.

En la primera queja, una de las víctimas denunció que agentes de la Policía Federal, sin motivo alguno, irrumpieron en su domicilio el 22 de junio de 2013, percatándose posteriormente que sus pertenencias estaban desordenadas y faltaban, entre otras cosas, dinero y una computadora portátil.

 

Asimismo, tuvo conocimiento que al día siguiente, los mismos agentes catearon los domicilios de su madre y de un sobrino. Una segunda queja fue interpuesta por otro de los agraviados quien refirió que el 27 de octubre personal de la SEMAR se introdujo a su domicilio en Tampacán, San Luis Potosí, sin su autorización, quienes después de golpearlo y obligarlo a tomar un arma y unas bolsas de plástico, lo llevaron detenido a la Delegación de la PGR, advirtiendo en el trayecto que también llevaban a otra de las víctimas, atribuyéndoles los delitos de portación de arma de fuego y contra la salud.

 El 9 de noviembre de ese mismo año otro de los agraviados presentó queja por la detención de que fue objeto junto con cuatro víctimas más, mientras dormían en su domicilio ubicado en el municipio de Tanquián, por elementos de la SEMAR quienes con violencia los sacaron y trasladaron detenidos a la Delegación de la PGR.

 

Agentes del Ministerio Público de la Procuraduría General de la República (PGR) violaron el derecho de las víctimas al acceso a la justicia, en su modalidad de procuración de justicia, por una manifiesta dilación e inactividad ministerial, pues en tres averiguaciones previas iniciadas por el delito de tortura contra los agentes aprehensores, no se han integrado con las diligencias indispensables y pertinentes para investigar los hechos denunciados y deslindar responsabilidades, habiendo lapsos de inactividad, extravío del expediente en una de ellas y acuerdos internos de incompetencia, sin que a la fecha estén resueltas.

 Esta Comisión Nacional pide al Secretario de Marina se repare el daño ocasionado a los siete agraviados por los hechos violatorios descritos en la Recomendación, colabore con la presentación de la denuncia penal que se formule y con el procedimiento administrativo de investigación que la CNDH presente ante las instancias correspondientes. Se imparta a los servidores públicos de esa dependencia un programa integral de educación, formación y capacitación en materia de derechos humanos, e inscribir a los siete agraviados en el Registro Nacional de Víctimas.

 

A la Procuradora General de la República y al Gobernador de San Luis Potosí se les recomienda instruir al personal ministerial que practiquen las diligencias conducentes y pertinentes en las averiguaciones previas relacionadas con el caso, para su integración y resolución respectiva.

A la PGR, al Gobierno de San Luis Potosí y a la CNS les solicita su colaboración en las quejas administrativas que este Organismo Nacional presente ante los Órganos Internos de Control de cada dependencia, para que se inicie procedimiento administrativo disciplinario contra los servidores públicos cuyas conductas motivaron esta Recomendación.

 

Finalmente, se solicita al Gobierno de San Luis Potosí y a la Comisión Nacional de Seguridad se brinde capacitación constante y periódica al personal de áreas médicas del Centro de Reinserción Social de San Luis Potosí y demás centros penitenciarios de la entidad, y del Centro Federal de Readaptación Social 4, Noroeste, en Tepic, Nayarit, respectivamente.

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