Impunidad a magistrados acosadores, resuelve TRIFE

 

Por: Eduardo Delgado.

 

El Tribunal Federal Electoral (TRIFE) dio por cumplida la orden dictada al Senado de la República, para indagar y, en su caso, castigar el acoso laboral y violencia política de género de los magistrados, Rigoberto Garza de Lira y Oskar Kalixto Sánchez, contra su compañera Yolanda Pedroza Reyes en el Tribunal Electoral de San Luis Potosí (TESLP), luego de que el órgano legislativo arguyó carencia de facultades para castigarlos.

Así, con cuatro votos a favor y dos en contra, éstos últimos de los magistrados Flavio Galván Rivera y María del Carmen Alanis Figueroa, la Sala Superior del TRIFE resolvió -el pasado 19 de octubre- el segundo incidente de inejecución de sentencia promovido por Yolanda Pedroza.

“Se tiene por cumplida la sentencia por cuanto hace a la vista ordenada a la Cámara de Senadores”, quedó asentado en el primero de los resolutivos del expediente SUP-JDC-4370-2015, originado del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano promovido por la afectada el 2 de noviembre de 2015.

El 30 de marzo de este año el también Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación acreditó que Yolanda Pedroza fue víctima de acoso laboral y de violencia política de género de parte de Rigoberto Garza y Oskar Kalixto y ordenó “dar vista al Senado de la República, para que investigue y sancione, en su caso, las conductas de los magistrados”.

Posteriormente, el 8 de agosto, la agredida promovió incidente de inejecución de sentencia, al considerar que el Senado no había dado cabal cumplimiento a lo impuesto.

Una semana después el magistrado Pedro Esteban Penagos López dio vista del incidente al Senado, cuyo Director General de Asuntos Jurídicos, Enrique de Icaza Pro, deslindó a los legisladores, pues arguyó que no tienen atribuciones para investigar ni castigarlos.

El 28 de septiembre el TRIFE determinó que el funcionario carecía de facultades para intervenir y requirió por segunda vez al órgano legislativo.

El Presidente de la Mesa Directiva del Senado, Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México, instruyó -el 4 de octubre- al encargado de Asuntos Jurídicos presentar “un informe debidamente fundado y motivado”, en acatamiento a la orden.

Al siguiente día, el funcionario expuso ante el TRIFE que, pese a que los magistrados locales fueron designados por el Senado, las facultades de ese órgano “no pueden extenderse a la materia sancionadora”.

Con ello, el día 19 del mes en curso, el Tribunal dio por cumplida su sentencia porque, según el magistrado ponente Penagos López, el que se haya dado vista al Senado “no implica” que esa Cámara “deba iniciar obligadamente un procedimiento sancionador e imponga una sanción”.

Tampoco supone que procediera en determinado sentido, “cuando tales aspectos no se encuentran expresamente dentro de sus facultades constitucionales y legales, sino que únicamente se sometieron a su consideración los hechos”.

Por esa y otras consideraciones el magistrado, responsable de elaborar y presentar el proyecto de resolución al Pleno, determinó que del informe del funcionario “se advierte que fundada y motivadamente” los senadores no tiene atribuciones para conocer de algún tipo de responsabilidad en que pudieran haber incurrido Garza de Lira y Kalixto Sánchez.

En desacuerdo el magistrado Flavio Galván y la magistrada María del Carmen Alanis, emitieron “voto particular”.

El primero consideró insuficiente el informe del directivo del área jurídica para dar por cumplida la sentencia, porque si los magistrados locales fueron designados por ese órgano legislativo este “debe conocer” su conducta. En especial aquella “que se pudiera considerar antijurídica, sin importar que no se haya reglamentado el procedimiento para sancionarlos”.

La magistrada advirtió que aun cuando el Presidente de la Mesa Directiva en el Senado, Pablo Escudero, facultó al Director Jurídico para intervenir, éste no tiene facultades para pronunciarse sobre si el Senado “puede o no investigar y en su caso remover (sic) actos de acoso cometidos por funcionarios nombrados por el Pleno del Senado, por lo que opera la incompetencia de origen”.

Recordó que el asunto de fondo es de acoso y violencia política contra “la única mujer” que integra el TESLP y lamentó que esos actos sucedan en un Estado Democrático de Derecho y “más lamentable que no se cumplimenten (sic) como es debido”.

Expuso que ante lo difícil que es para las mujeres denunciar la violencia de género, sea por estar amenazadas o no contar con el apoyo suficiente, “la actuación de los órganos de justicia es fundamental, no solo para resolver el caso concreto y empoderar a la víctima, sino también para mandar un mensaje a otras mujeres que se encuentran en situaciones similares”.

Alertó que esta resolución podría inhibir a las mujeres a denunciar, porque se preguntarán: “¿De qué sirve contar con una resolución judicial que acredita esos actos si no se garantiza su cumplimiento y no hay consecuencias jurídicas respecto de quienes cometen actos de violencia?”.

Recordó que la sentencia, aprobada por unanimidad en ese órgano colegiado el 30 de marzo de este año, refería la necesidad de que las autoridades legislativas regularan el funcionamiento de los tribunales locales, con sanciones incluidas.

Incluso rememoró que esa ocasión Galván Rivera condenó que los tribunales locales “viven en un limbo jurídico” y censuró lo acontecido en el TESLP.

El magistrado Manuel González Oropeza planteó esa vez, recordó, que el Senado debía “hacer todo un estudio” e integrar una comisión investigadora “de estas corruptelas”.

A su vez parafraseo lo manifestado durante esa sesión por Salvador Nava Gomar, también magistrado en el TRIFE: “Ojalá que el Senado tome cartas en el asunto”.

Refirió que el magistrado presidente, Constancio Carrasco Daza, consideró indispensable que los congresos locales establecieran las normas legales a tribunales electorales, en las que uno de los rubros importantes tendría que ver con la exclusión o discriminación con motivo de género.

“Visto lo anterior, me pregunto ¿cómo es posible que ahora se avale la supuesta falta de competencia del Senado para resolver el asunto?”, planteó por su parte la magistrada Alanis Figueroa.

“Así pues, me parece necesario insistir en la necesidad de que el Congreso Federal y locales regulen este tema a fin de evitar que más casos queden en la impunidad”, remató la magistrada.

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