Por Victoriano Martínez
Ante la crisis en el abastecimiento de agua potable a la zona metropolitana, el ayuntamiento de San Luis Potosí tendrá que comenzar a trabajar en las próximas semanas sobre una controvertida determinación:
Mantener o no una zona de la ciudad con el privilegio de no padecer las dificultades del resto de los usuarios por la concesión del servicio a Aguas del Poniente Potosino, que no le reportan ningún ingreso ni a la administración municipal ni al Interapas y, en consecuencia, no sólo aíslan una fuente que podría contribuir a paliar la escasez, sino que limitan los ingresos para mejorar el servicio.
Aguas del Poniente Potosino, S.A. de C.V. obtuvo la concesión para prestar los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, disposición y tratamiento de aguas residuales en esa zona de la ciudad, por un periodo de 15 años, el 23 de diciembre de 2008.
Aquel día, en sesión de Cabildo que, una vez iniciada se declaró privada ante las protestas ciudadanas contra la privatización parcial del servicio de agua potable, se aprobó otorgar la concesión, a pesar de una serie de irregularidades en el procedimiento.
Las maniobras “legales” para una concesión
El entonces alcalde, Jorge Lozano Armengol, de manera oficiosa “actualizó” la solicitud que para la concesión había presentado Aguas del Poniente Potosino el 11 de marzo de 2005, conforme a la entonces vigente Ley de Agua Potable, Alcantarillado, Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales.
A partir del 6 de mayo de 2008, la Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Cabildo inició el análisis de la petición hecha por la hoy concesionaria tres años y dos meses antes.
La “actualización” de la solicitud representa la primera irregularidad porque, al darse aparentemente sin intervención de la empresa, Lozano Armengol de manera oficiosa la favoreció al someter la autorización al procedimiento fijado en la nueva Ley de Aguas del Estado, publicada en el Periódico Oficial el 12 de enero de 2006.
La diferencia fue determinante. Al momento de la solicitud de concesión, ésta sólo podía ser asignada mediante un procedimiento de licitación obligado. Con la “actualización” oficiosa promovida por Lozano Armengol se tramitó como asignación directa, porque la nueva Ley de Aguas incorporó esa posibilidad.
En 2009, en una reunión con la agrupación Acción Ciudadana, integrada por navistas que acompañaron a Salvador Nava Martínez en su campaña por la gubernatura en 1991, el entonces diputado Manuel Lozano Nieto les aseguró que la modificación en el procedimiento para asignar concesiones en la Ley de Aguas se realizó con dedicatoria para favorecer a Aguas del Poniente.
Al tratarse de la misma solicitud de concesión, “actualizada” por la autoridad para darle trámite, de acuerdo con una opinión emitida por Luis Miguel Meade Rodríguez, síndico municipal, el 21 de enero de 2011 al Congreso del Estado como parte de la discusión para la autorización del Título de concesión, se incurrió en la violación al artículo 12 transitorio de la nueva Ley de Aguas.
“Su artículo 12 transitorio establece que los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor de ese decreto ley, serían resueltos por las autoridades y organismos competentes en los términos de la ley abrogada”, señaló en su escrito Meade Rodríguez.
La imposibilidad de adjudicación directa de la concesión fue sólo una de las inconsistencias mencionadas por la sindicatura 2009-2012 al Congreso del Estado. También señaló la inexistencia de la figura de “actualización” de una solicitud de concesión, así como aspectos relacionados con la falta de equipos para prestar el servicio propiedad de la concesionaria.
La sesión pública convocada para aprobar la concesión a Aguas del Poniente se suspendió ante la protesta ciudadana convocada por el Frente Cívico Potosino, luego de que los inconformes invadieron el Salón de Cabildo. Lozano Armengol dio la instrucción de desalojar el recinto y sesionar en privado en otra de las áreas del Palacio Municipal.
La concesión resultó aprobada por 13 votos a favor, tres votos en contra por parte de los regidores Beatriz Benavente Rodríguez, Juan José Pérez Guillén y Carlos Covarrubias Rendón, y la abstención de la síndico María del Rocío Hernández Cruz.
La anulación de la intervención del Congreso del Estado
El Ayuntamiento inició ante el Congreso del Estado el trámite para que aprobara el Título de Concesión que regiría la relación con la empresa concesionaria.
Fue hasta el 8 de octubre de 2009 cuando el pleno del Congreso del Estado dio entrada a la iniciativa de decreto para autorizar el Título de Concesión para completar la formalidad de la concesión que ya había comenzado a operar nueve meses y medio antes.
Una etapa del procedimiento de concesión que no pudo llegar a su fin. El 10 de noviembre de 2010, en una reunión de la Comisión del Agua con representantes de la empresa, Ángel Candia Pardo, como representante legal de Aguas del Poniente, señaló que “el Congreso del Estado no se encuentra facultado para la modificación de las cláusulas de la concesión”.
Fue la primera señal de que la concesionaria no aceptaría una negativa para la aprobación del título de concesión por parte del Poder Legislativo y, para el 20 de junio de 2011, inició un juicio de amparo para evitar la intervención del Congreso del Estado.
Dos días después, el 22 de junio de 2011, la Comisión del Agua del Congreso del Estado aprobó el dictamen sobre el Título de Concesión en los siguientes términos:
“NO AUTORIZACIÓN y se desecha por improcedente la Iniciativa con Proyecto de Decreto, que solicita autorizar por parte de este H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, el Título de concesión de los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales en el área geográfica señalada a favor de la empresa Aguas del Poniente Potosino”.
Aquella determinación provocó que Aguas del Poniente Potosino presentara el 19 de julio de 2011 una solicitud de ampliación de su demanda de amparo, para anular la intervención del Congreso del Estado en el procedimiento, por considerar que las disposiciones legales que lo permitían violan la autonomía municipal consagrada en la Constitución.
El Juzgado Sexto de Distrito dictó el 8 de diciembre de 2011 el sobreseimiento del juicio de amparo 655/2011, por lo que Aguas del Poniente presentó un recurso de revisión que fue turnado al Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito el 12 de marzo de 2012.
El Tribunal Colegiado concedió el amparo a Aguas del Poniente Potosino para efecto de “considerar innecesario para la elaboración del título de concesión que realiza el Ayuntamiento en términos del requisito relativo al “decreto expedido por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, que lo autoriza”, pues basta que cuente con el número y fecha del acuerdo de cabildo correspondiente”.
Un amparo que explica por qué, en el sitio Web de Aguas del Poniente Potosino publica en el apartado en el que debería aparecer el título de concesión con que opera una copia certificada del acuerdo de Cabildo del 23 de diciembre de 2008, en la que se omite el dictamen completo que le establece una serie de condiciones y, entre ellas, la contraprestación.
Tras la resolución del Tribunal Colegiado, ninguna de las administraciones municipales realizó gestión alguna para que se firmara el Título de Concesión con Aguas del Poniente Potosino.
No lo hicieron los alcaldes Victoria Labastida Aguirre, Mario García Valdez, Ricardo Gallardo Juárez y Xavier Nava Palacios, ni el actual Enrique Galindo Ceballos, a quien le tocará renovar o no la concesión por otros 15 años antes de que termine este 2023.
Les repercusiones económicas de una concesión cuestionada
La omisión de la firma del Título de Concesión es una mera formalidad. El proyecto de Título, autorizado desde la sesión del 23 de diciembre de 2008, incluía entre una serie de condiciones de operación de la concesión, una fórmula para el pago de la contraprestación al Ayuntamiento por parte de la empresa concesionaria.
Aunque desde el dictamen aprobado por el Cabildo en 2008 se fijó el mecanismo para determinar el monto de la contraprestación, a la fecha no existe registro en la tesorería municipal sobre algún pago por parte de Aguas del Poniente Potosino relacionado con esa obligación.
Cuando en enero de 2011, la Sindicatura presentó su opinión al Congreso del Estado sobre la situación de la concesión a Aguas del Poniente, incluyó un estudio de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí en el que se reportó un impacto económico a las finanzas del Interapas por 295 millones 909 mil 342.64 pesos como perjuicio estimado.
Los costos que le provocarían esos perjuicios, de acuerdo con la UASLP, serían por:
“Dejar de percibir los derechos de conexión a la red de agua potable y drenaje;
“Dejar de percibir ingresos por arriba de su costo medio de tarifa, que representa una fuente de subsidio para usuarios de menores niveles de consumo y de estrato socio económico.
“Forman parte de su costo medio, los conceptos de pago de derechos por extracción ante CNA, mismos que son devueltos para formar parte de sus inversiones en infraestructura”.
Si se toma en cuenta que ese perjuicio contemplaba que Aguas del Poniente Potosino realizaría el pago de la contraprestación autorizada al momento de aprobar el Cabildo la concesión, a más de 14 años las pérdidas provocadas al Interapas son mucho mayores.
Los alcances de la concesión
Cuando la UASLP hizo el estudio sobre el impacto de la concesión, realizó cálculos sobre 2 mil 168 lotes a los que se prestaría el servicio de agua potable. Una de las inconsistencias señaladas a la concesión fue que en el proyecto de Título fue la falta de definición del área de cobertura.
“No se especifican las medidas y colindancias del área geográfica donde se prestará el servicio, lo que contradice la propia determinación del Cabildo y permite a la concesionaria ubicar unilateralmente sus límites geográficos”, advirtió la Sindicatura en enero de 2011.
Aguas del Poniente Potosino publica en su sitio Web un mapa en el que señala una amplia extensión territorial como el área en la que presta el servicio de agua potable, sin que se señale el aval de alguna autoridad en la determinación de ese territorio.
El mapa describe con claridad la gran extensión de la ciudad de la que el Interapas no obtiene ningún ingreso por el servicio de agua potable desde hace 14 años y poco más de un mes, porque esos pagos se lo concedió Jorge Lozano Armengol a Aguas del Poniente Potosino, cuyo insumo principal es parte del agua que le correspondería a la ciudad.
¿Nueva “contraprestación” igualmente no cubierta?
Ninguno de los cuatro alcaldes anteriores se ocupó de tramitar la firma del Título de Concesión ni de hacer efectiva la contraprestación dictada en el dictamen que aprobó el Cabildo para otorgar la concesión a Aguas del Poniente.
El actual alcalde, Enrique Galindo Ceballos, tampoco lo ha hecho, aunque en las dos leyes de ingresos municipales que desde ese cargo le ha tocado proponer al Congreso del Estado aparece un artículo que ha sido identificado por abogados consultados como con dedicatoria para Aguas del Poniente.
“ARTÍCULO 39. Los derechos que se causen por la concesión de la prestación del agua serán de un 10% (diez por ciento) sobre el monto de la facturación mensual de las tarifas y cuotas que se fijen para la debida prestación de los servicios que realice el Concesionario y, se pagarán al Municipio dentro de los quince días siguientes al mes del que se trate”.
Con esos términos apareció esa disposición por primera vez en la Ley de Ingresos 2022 y se repite exactamente igual en la correspondiente a este año. No aparece en las leyes de ingresos de las administraciones anteriores, es decir, se trata de un derecho incorporado por Galindo Ceballos que sólo puede ser aplicado a Aguas del Poniente Potosino, por ser el único concesionario existente.
Varios abogados consultados al respecto coincidieron en que se trata de una disposición aplicable al único concesionario del servicio de agua potable y, ante la cercanía de la fecha en que expira la concesión y la consecuente determinación de autorizar o no su ampliación por otros 15 años, ese artículo podría ser una señal o instrumento para negociar esa renovación.
A pesar de ser un derecho que tendría que haber pagado mensualmente Aguas del Poniente, en una revisión a los 527 mil 862 recibos de entero emitidos por el Ayuntamiento durante 2022 no se localizó uno sólo a nombre de la empresa concesionaria.
A 323 días de que concluya la concesión a Aguas del Poniente y se deba determinar si se amplia o no por otros 15 años, Galindo Ceballos enfrenta lo que él mismo llamó el peor mes de la crisis en el abastecimiento del agua potable.
Una crisis ante la que le serían muy útiles los ingresos que deja de recibir el Interapas de los usuarios de esa amplia zona de la ciudad que hoy no le reportan un solo peso. Serán once meses en los que el alcalde habrá de definir si privilegia un negocio privado con el servicio de agua potable, o si opta por recuperar para el beneficio general de la zona metropolitana esa fuente de ingresos perdida.