3de3 por la integridad… ser o no ser

Por Victoriano Martínez

Durante la sesión del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) en la que se aprobaron los lineamientos para el registro de candidatos a las elecciones del 2 de junio de 2024, destacó un debate en apariencia innecesario sobre presuntos formatos para la presentación de las declaraciones 3de3 (patrimonial, de intereses y fiscal).

¿Hasta dónde fue una genuina inquietud por que ese requisito se apegara a lo jurídicamente correcto y hasta dónde una manifestación de cierto escozor que parece provocar a los partidos políticos un acto de transparencia que hace tres años protagonizó un ejercicio que se llamó 3de3 por la Integridad y exhibió la poca convicción de los candidatos para ser transparentes?

Claudia Elizabeth Gómez López, representante de Morena, abrió el tema como parte de un paquete de observaciones sobre diversos artículos de los lineamientos, con la inclusión de la fracción V del artículo 13, que menciona entre los documentos que deben presentar quienes aspiren a una candidatura:

“Comprobante de la presentación de la declaración patrimonial y de intereses, tratándose de personas que hayan ocupado un cargo público con anterioridad”.

Lo consideró un requisito excesivo, mencionó una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto y consideró que para incluir esa obligación tendrían que entregar en la misma sesión los formatos y/o guías para poderlo cumplir.

“Yo insisto en el que si no se exhiben o no se establecen en este momento cuál es el formato o la guía que habrá de utilizarse, pues no puede quedar dentro de estos lineamientos”, dijo en una segunda intervención.

Previamente los planteamientos de la representante de Morena fueron respaldados por los representantes del PRD y de Movimiento Ciudadano.

“A mí se me hace complicado saliendo al campo y salir a un municipio, como Tamasopo, y decirles que nos rindan una declaración fiscal, patrimonial o de intereses”, se quejó Pablo Delgado, representante de Movimiento Ciudadano.

“La verdad es que los que andamos en busca de candidatos y a ver cómo los vamos a presentar y a convencer de que integren una planilla y de que sean las mejores opciones para los institutos políticos se nos complica”, agregó.

Un argumento que se basa en dos imprecisiones: (1) el lineamiento no requiere ninguna de las tres declaraciones, sino únicamente el comprobante de la presentación en los casos de “personas que hayan ocupado un cargo público con anterioridad”. Es decir, el tema de la 3de3 no es una novedad para esos casos y (2) no se les debe convencer, a menos que sean servidores públicos incumplidos.

“Estamos hablando de que a la solicitud de registro se le adjunta el comprobante de presentación de la declaración ante la autoridad que tendría que presentarla, no se presenta una declaración patrimonial y del interés aquí”, fueron los términos en los que les hizo la aclaración la consejera electoral Zelandia Bórquez Estrada.

La iniciativa 3de3 por la integridad que funcionó hace tres años se presentó como un ejercicio que “busca promover la transparencia, la integridad y la ética pública entre las y los precandidatos y candidatos de los distintos partidos políticos” para “la construcción de confianza ciudadana y la promoción de acciones que fortalezcan la cultura de la transparencia y de la integridad pública”.

La transparencia es más cercana a una actitud ética que jurídica, aunque en ésta sea una obligación para los servidores públicos como prerrogativa de las personas en el reconocimiento de su derecho de acceso a la información pública. En tanto se cumpla este derecho con mayor apego al principio de máxima publicidad se muestra mayor convicción y, en consecuencia, ser más confiable.

Por ello llama la atención que haya resultado controvertido para representantes de los partidos que en los lineamientos simplemente se haya incluido el requisito de que, quien haya ocupado un cargo público, presente los comprobantes de presentación de las tres declaraciones.

Es un requisito similar a “no tener una multa firme pendiente de pago que haya sido impuesta por responsabilidad con motivo de los cargos públicos que hubiere desempeñado en la administración federal, estatal o municipal”, que aparece en el inciso f de la fracción VI del mismo artículo 13 de los lineamientos. Se presenta el comprobante o constancia, no se paga la multa al CEEPAC.

Hace tres años se puso a disposición de los casi 6 mil candidatos a los 537 puestos de elección popular en juego la plataforma 3de3 por la integridad. Todos podrían demostrar su vocación de transparencia. Sólo 30 la aprovecharon. Uno de cada 200. Entonces era voluntario y al margen de las disposiciones del CEEPAC.

Hoy que tímidamente se abre paso ese ejercicio de transparencia en los lineamientos, los representantes de los partidos adelantan su falda de voluntad, como si la transparencia fuera sólo el cumplimiento mínimo de lo que establezca una ley, además de ser algo para después. Se es transparente o no se es, y si hoy ponen trabas para serlo ¿por qué esperar que mañana lo sean?

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