Jaime Nava
La simulación en materia de transparencia se ha convertido en el sello distintivo de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) en los últimos años, especialmente cuando la ciudadanía pretende obtener información sobre temas de los que a las autoridades universitarias no les gusta que se hable públicamente, como es el acoso del que son víctimas sus estudiantes.
Aunque se le pregunte “amablemente”, la UASLP hace uso de todo cuanto a su alcance tiene para fingir que cumple con su obligación de entregar información. El caso más reciente corresponde a la solicitud con número de folio 01662719, con la que una persona buscaba cifras específicas sobre los casos de acoso y hostigamiento sexual ocurridos entre agosto del 2017 y octubre del 2019.
Los datos requeridos eran tan específicos que no dejaban lugar para la interpretación o la generalidad. Por ejemplo, a la UASLP le solicitaron:
Número total de
quejas recibidas (la suma de las quejas de acoso y de hostigamiento sexual),
Número de quejas recibidas de acoso,
Número de quejas recibidas de hostigamiento sexual,
Número de quejas no admitidas por hechos que ocurrieron antes de la entrada de
vigor del referido protocolo,
Número de quejas presentadas por personas menores de edad,
Número de quejas procedentes,
Número de quejas improcedentes, desglosando causa de improcedencia,
Número de quejas presentadas de manera individual,
Número de quejas presentadas de manera colectiva,
Número de quejas anónimas,
Número de quejas presentadas por vía electrónica por escrito libre,
Número de quejas presentadas mediante los formatos de la Defensoría de los
Derechos Universitarios,
Número de quejas presentadas por vía telefónica,
Número de quejas presentadas por escrito y depositadas en el buzón de la
oficina de la Defensoría de los Derechos Humanos,
Número de quejas presentadas personalmente en la referida oficina de la
Defensoría,
Número de quejas realizadas por estudiantes,
Número de quejas realizadas por trabajadores de la Universidad,
Número de sanciones impuestas, desglosando que clase de sanción fue impuesta de
acuerdo al 6.2 del referido Protocolo sobre amonestación pública o privada,
suspensión escolar o académica o expulsión escolar definitiva,
Número de recomendaciones de medidas de la Defensoría de los Derechos
Universitarios o la Comisión Investigadora, desglosando qué clase de medida fue
recomendada de acuerdo al 6.2 del referido Protocolo de acuerdo a los incisos
a) al f),
Número de propuesta de sanción por parte del Abogado General, desglosando que
clase de sanción de acuerdo al 6.4 del referido protocolo,
Al menos veinte requerimientos que ameritaban respuestas distintas; sin embargo, obtuvieron la misma. La UASLP le pidió al solicitante que consultara los informes anuales de actividades que rinde el rector Manuel Fermín Villar Rubio, en los meses de abril; es decir que, en lugar de proporcionar información actualizada sobre los casos de acoso y hostigamiento sexual, se le invitó a consultar un documento desfasado y en el que realmente no existen datos útiles.
De las cinco páginas dedicadas en el informe 2018-2019 a la Defensoría de los Derechos Universitarios, instancia encargada, entre otras cosas, de recibir las denuncias internas por acoso y hostigamiento sexual, únicamente en un pequeño párrafo de mencionan el número de estudiantes, trabajadores y académicos que recibieron atención, pero no se detalla nada más:
Por otro lado, la Defensoría de los Derechos Universitarios, funge como un espacio de protección y difusión de los derechos universitarios y humanos, y durante el periodo que se informa se realizaron 46 intervenciones conformadas por asesorías y mediaciones, ofreciendo la atención a 46 estudiantes, nueve académicos y cinco trabajadores administrativos. Cabe destacar que la mayoría de las intervenciones lograron una solución a través de los procesos de mediación y conciliación y el papel de la Defensoría fue dirigido tanto a proteger los derechos universitarios y humanos de la comunidad, como a prevenir y erradicar toda forma de acoso y hostigamiento sexual, emocional, escolar y laboral.
En el informe anterior, correspondiente al periodo 2017-2018, ocurre una situación similar y sólo se brindan cifras generales:
La Defensoría funge como un espacio de protección y difusión de los derechos universitarios y humanos, inició con 41 expedientes y se ofreció atención a 75 estudiantes, ocho académicos y dos empleados, sobre los que, conforme a la naturaleza de la queja, se activaron los mecanismos de la defensoría de protección y atención a derechos vulnerados, y se dictaron medidas cautelares; por las cuales se ofrecieron 60 terapias psicológicas, en la mayoría de los casos se emitieron recomendaciones dirigidas tanto a proteger los derechos universitarios y humanos de la comunidad, como a prevenir y erradicar toda forma de acoso y hostigamiento sexual, emocional, escolar y laboral.
Hace casi un año, la UASLP echo mano de la Real Academia Española para no responder otra solicitud de información sobre el mismo tema y existe al menos una docena de peticiones en ese sentido que han recibido respuestas prácticamente idénticas con el único propósito de entorpecer el derecho de acceso a la información y dificultar conocer el número de denuncias por acoso y hostigamiento sexual, así como la cifra y el tipo de sanciones impuestas por estos actos.