Por Victoriano Martínez
Si se trata del servicio de transporte urbano, las autoridades también le fallan a la ciudadanía, pues lejos de dar muestras de trabajar para facilitarle los traslados de un punto a otro de la ciudad, le dificultan hasta el pago de la tarifa.
Para empezar, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes estatal (SCT) omite hacer valer lo que la ley de ordena antes de aprobar las tarifas del transporte y se limita a leer sólo la segunda premisa del artículo 94 de la Lay de Transporte Público.
Al menos así lo confiesa abiertamente en la respuesta que da a la solicitud de información 01757719, en la que le preguntan la razón por la que se incrementa la tarifa y se limita a señalar:
“La tarifa se incrementará anualmente a razón del Índice Nacional de Precios al Consumidor acumulado en el año inmediato anterior que resulte, de acuerdo a la publicación que realice el Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía –INEGI– en el Diario Oficial de la Federación”.
Se trata de una cita mutilada de lo que dice el artículo 94 de la Ley de Transporte Público que, en su primera parte, condiciona ese incremento a que “siempre y cuando cada modalidad haya cumplido con los principios rectores y estándares de calidad establecidos en los artículos, 2°, 67, y 68 de la presente ley”.
La SCT no acreditó públicamente que el servicio que le toca vigilar haya cumplido con los principios que señala el artículo 2º de la Ley: l. Movilidad sustentable; II. Eficiencia de gestión; III. Calidad del servicio, y IV. Formación del elemento humano con perspectiva de género.
Tampoco hay documento alguno en el que se especifique la forma en que el transporte urbano cumple con los 27 estándares de calidad que señala el artículo 67 de la Ley.
Cualquier usuario que utilice el servicio puede dar testimonio de fallas en la gran mayoría de esos estándares que debieron ser cubiertos para poder ser acreedores al incremento que ilegalmente se les autorizó.
No conformes con la ilegalidad en el incremento a la tarifa del servicio a un costo con la dificultad del pago exacto con el riesgo de que no les devuelvan los 20 centavos de cambio, la autoridad que aprobó ilegalmente la tarifa concesiona a dos empresas un abusivo servicio de prepago… ¡y promueve que el usuario se registre para dar más ganancia a esos negocios particulares!
Si el transporte urbano en sí, por su mala calidad, ya representa un abuso contra el usuario –a quien siempre se le aumenta la tarifa a cambio de nada o de un peor servicio–, someterlo a tramitología y abusos adicionales con las tarjetas de prepago pone en mayor duda el servicio público que les ordena la Ley a los funcionarios de la SCT, enfocados en favorecer a los permisionarios.
El pésimo servicio que presta el transporte urbano es responsabilidad de los permisionarios, pero es un mayor agravio por parte de los funcionarios de la SCT, que ni siquiera saben cuántas personas suben a los camiones (ver respuesta a la solicitud de información 01679319), mucho menos hacen valer la ley, en perjuicio de la población.