Por Victoriano Martínez
La Auditoría Superior del Estado (ASE) presentó este mediodía un recurso de apelación en contra de la suspensión condicional del proceso penal seguido a José de Jesús Martínez Loredo, ex titular de la ASE, dos de sus colaboradores y un proveedor.
El pasado 3 de marzo, los imputados por la denominada fiesta fantasma habrían sido beneficiados por la juez Dora Irma Carrizales Gallegos por un acuerdo reparatorio mediante el que se suspende la acción penal en su contra a cambio de la devolución de los 600 mil pesos desviados al inexistente festejo de diciembre de 2016, más la actualización del monto.
La apelación, firmada por Rocío Elizabeth Cervantes Salgado, titular de la ASE, fue presentada ante la juez de Control y Tribunal de Juicio Oral en el Centro de Justicia Penal.
“Interpongo recurso de apelación en contra de la determinación judicial emitida por la juez Dora Irma Carrizales Gallegos, en la audiencia celebrada en la Sala 1 del Centro de Justicia Penal Regional, el día 3 de marzo del año 2020 dos mil veinte, mediante la cual decretó procedente la suspensión condicional del proceso”, señala el documento.
Durante la audiencia, el pasado martes, se declaró un receso para que la abogada representante de la ASE se comunicara con la titular para consultar sobre la aceptación o no del acuerdo reparatorio. Al reiniciar la audiencia, informó a la juez la aceptación de la suspensión condicional y acordaron las condiciones de pago y las medidas que deberán cumplir los imputados.
Ahora, en el recurso de apelación, de acuerdo con un comunicado de la ASE, argumenta que la suspensión condicional no reúne el requisito de la media aritmética de la pena que corresponde al delito de peculado, que es de siete años y medio, de acuerdo con el Código Penal.
“Dicha normativa señala que al monto desviado corresponde una pena corporal de siete años y seis meses, asimismo que la reparación del daño aplica solamente cuando la pena corporal corresponde a un periodo menor a cinco años. Sin embargo, la juez decidió la suspensión condicional por el monto desviado en su momento, más actualizaciones”, afirmó la ASE en su comunicado.
Manipulan la ley para beneficiar a los imputados: abogado
Para el abogado Filiberto Domínguez, consultado por Astrolabio, en la suspensión condicional que favorece a los imputados, los ex funcionarios José de Jesús “N”, Fernando José “N” y Abraham “N”, y el proveedor Francisco Benjamín “N”, se da una clara manipulación de las disposiciones legales para declararla procedente.
Explicó que, por el monto del desvío, incluso si los 600 mil pesos se dividieran entre cada uno de los implicados, con lo que les correspondería 150 mil pesos a cada uno, ninguno podría alcanzar el beneficio de un acuerdo reparatorio, porque el Código Penal del Estado prevé esa posibilidad sólo cuando el delito no exceda de mil 500 UMA; al valor de éstas al momento del ilícito darían un monto máximo de 113 mil 235 pesos.
Domínguez señaló que al no haber considerado los términos del Código Penal para evaluar la procedencia del acuerdo reparatorio, las autoridades (ministerio público, juez y representante de la ASE que en ese momento señaló la aceptación) habrían incurrido en una de sólo dos opciones: negligencia o dolo. En ambos casos incurren en responsabilidad, dijo.
Estimó que se trata de una acción sobre la que las autoridades involucradas difícilmente actuaron por iniciativa propia, sino como parte de un sistema que protege a quienes lo integran. “La pregunta aquí es quién dio la orden”, expresó.