Por Victoriano Martínez
Si cuando son autoridades poco se preocupan para ser dignos de credibilidad –con el cumplimiento de promesas como seguridad y combate a la corrupción, por ejemplo–, hoy que son precandidatos su preocupación está en hacer creer a la gente que son los mejores… aunque con sus actos confirmen que lo que menos les importa es cumplir obligaciones legales.
Es como si al convertirse en precandidatos (y cuando candidatos peor) adquirieran el derecho (al menos exhiben que así lo creen) de olvidarse que son ciudadanos que buscan representar a otros ciudadanos y, a pesar de ser pares, están tan por encima que pueden violar leyes y derrochar el erario para degradarlos a entes manipulables para obtener su voto.
Independientemente de aquellos que con descaro incurrieron en promoción personalizada desde el cargo que atendían hasta hace unas semanas, abiertas las precampañas prácticamente todos asumen que pueden promover sus aspiraciones a toda la población si colocan en sus promocionales, con letras chiquitas, la advertencia “propaganda dirigida a la militancia”.
Es la imagen de una propaganda que contradice el sentido de las precampañas: debe limitarse a llegar únicamente a los afiliados a los partidos y no avasallar a toda la población como si la advertencia en letras pequeñas desactivara el efecto que con su mensaje pretenden provocar.
Una contradicción contra el sentido de las precampañas sobre la que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se pronunció en sesión pública del 30 de marzo de 2016 y sobre la que aprobó por unanimidad de votos la Jurisprudencia 2/2016.
“Cuando el contenido de la propaganda de precampaña excede el ámbito del proceso interno del partido político del que se trate, será susceptible de configurar actos anticipados de campaña”, concluye aquella jurisprudencia.
Pero a los hoy precandidatos no les importa si violan la prohibición que en las leyes electorales hay para evitar los actos anticipados de campaña… ni a las autoridades electorales observarlo, mucho menos sancionarlo.
La ciudadanía pierde… y pierde doble porque el bombardeo propagandístico lo definen en función de la información que los precandidatos consideran les es útil sólo para convencer a los electores para que voten por ellos, y evitan aquella información que les daría la oportunidad de participar en la elección como ciudadanos con posibilidades de un voto informado y razonado.
Las leyes de transparencia prevén que los partidos políticos deben difundir de oficio información que resulta relevante para la ciudadanía, antes que para ellos mismos. En la ley local se trata del artículo 90 que, para el caso de los procesos electorales y específicamente las precampañas, tres fracciones resultan relevantes.
La fracción XVIII obliga a publicar los currículos con fotografía de todos los precandidatos; la fracción XXI, las convocatorias que emitan la postulación de sus candidatos, y la fracción XXII la lista de los responsables de los procesos internos de evaluación y selección de candidatos a cargos de elección popular.
Al buscar esa información en la Plataforma Estatal de Transparencia, se detectó que ninguno de los partidos políticos cumple con la publicación de la información: tres (PT, PANAL y PVEM) presentan formatos actualizados en los que aseguran que la información no se generó; el PAN actualiza los formatos de dos de las fracciones con el mismo aviso en tanto que el PCP lo hace con uno. Los restantes (PRD, PMC y MORENA) no han actualizado la información.
El caso extremo de incumplimiento de la ley de transparencia queda expuesto en la respuesta que dio el PVEM a la solicitud de información 01247820: se niega a entregar documentos que está obligado a difundir de oficio. Una doble violación a la Ley de Transparencia… que la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) tolera, y difícilmente sancionará.
Si ni las autoridades electorales ni el órgano garante de la transparencia asumen su papel en defensa de los derechos del ciudadano frente a quienes pasan por encima de sus obligaciones legales para pretenden ocupar un cargo público, la única certeza es que para el 6 de junio aparecerán en la boleta personajes con tal vocación por la ilegalidad, que serán los menos merecedores del voto.