Resolución de Sala Monterrey pone en riesgo conformación de la Unidad de Atención a Pueblos Indígenas

Eduardo Delgado

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con sede en Monterrey, Nuevo León, revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEE) que desechó la impugnación de indígenas inconformes con la integración de la junta directiva de la Unidad de Atención a Pueblos Indígenas (UAPI) en el Ayuntamiento capitalino.

La resolución de la Sala Regional se dio este martes, en sesión pública celebrada por video conferencia.

La magistrada Claudia Valle Aguilasocho y el magistrado Ernesto Camacho Ochoa avalaron la resolución propuesta por la magistrada en funciones, Elena Ponce Aguilar, en el expediente SM-JDC-27/2022.

Con su determinación, el pleno de la Sala Monterrey anuló la sentencia dictada en el expediente TESLP/JDC/07/2022, cuya resolución fue aprobada por el pleno del órgano jurisdiccional el pasado 11 de marzo, en el sentido de que la impugnación fue interpuesta fuera del plazo legal, como propuso la magistrada presidenta, Dennise Adriana Porras Guerrero. 

Las magistradas y el magistrado de la Sala Regional determinaron que el tribunal está “obligado” a atender la queja de los integrantes del comité organizador de la elección del director de la UAPI, que derivó en la integración de la junta directiva, con representantes de diversos grupos étnicos. 

El motivo de la inconformidad de Ambrocio Santos Valentín, Jesús Martínez Rivera, Aida Araceli Puente Viera, Rosalinda de la Cruz Ramos y Elvira Martínez Santiago, fue por la falta de notificación o publicitación de diversas acciones del cabildo relacionados con la dirección de la UAPI.

También se quejaron de la falta de publicidad de la convocatoria para elegir a sus representantes, en cuyo caso “al asistirles la razón se tendría que reponer el proceso”, advirtieron las magistradas Claudia Valle, Elena Ponce y el magistrado Ernesto Camacho.

Por tanto, les ordenaron a sus pares locales, Adriana Porras, Yolanda Pedroza y Nicolás Juárez, este secretario de Estudio y Cuenta en funciones de magistrado, realizar el estudio del caso conforme a lo expuesto en el apartado de su sentencia.

En otro asunto, confirmaron lo determinado por el órgano local en el expediente TESLP/JDC/28/2022, en el que el TEE avaló el acuerdo del Ceepac, por el que emitió y actualizó los criterios para la conservación del registro de las Agrupaciones Políticas Estatales.

En cuyo caso la resolución le resultó adversa a la agrupación Defensa Permanente de los Derechos Sociales, de la que es miembro o ha integrado Sergio Iván García Badillo, quien encabezó hace tiempo una agrupación de braceros y en el sexenio anterior trabajó en la Comisión Estatal Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEEAV).

El pleno de la Sala Regional consideró que el TEE contestó de manera correcta el agravio que le ordenó atender y por ser ineficaces, “por novedosos”, los motivos la controversia respecto del ámbito de competencia de la Unidad Técnica de Fiscalización del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac).

En lo que va del año suman al menos cuatro sentencias del tribunal local revocadas en la Sala Regional.

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