Angélica Campillo
A través de un comunicado, integrantes del Colegio de la Profesión Médica del Estado de San Luis Potosí solicitaron a las autoridades que sus tres colegas detenidos por el caso de la menor Camila, quien fue declarada muerta en dos ocasiones, lleven su proceso legal en libertad y se respete la presunción de inocencia, “hasta que se tenga una resolución justa e imparcial para este caso”.
La mañana del martes 11 de octubre, la Fiscalía General del Estado (FGE) dio a conocer la detención del doctor de nombre Horacio N. de 53 años, y de las doctoras Lidia N., de 33 años, y Selene N., de 30 años, a quienes se les cumplimentaron órdenes de aprehensión por el delito de homicidio realizado en comisión por omisión, en agravio de Camila, menor a la que atendieron en el Hospital Básico Comunitario del Municipio de Salinas Hidalgo.
Según información de la FGE, en la audiencia inicial, los abogados de los médicos solicitaron la ampliación del término constitucional para definir su situación jurídica, lo cual ocurrirá el próximo domingo 16 de octubre; mientras tanto permanecen recluidos en el penal de La Pila.
“Pedimos justicia igualitaria para todas las partes involucradas, solicitando que este proceso legal se realice en libertad de los médicos involucrados, estableciendo la averiguación previa con la presunción de inocencia, hasta que se tenga un resolución justa e imparcial para este caso”, solicitaron los integrantes del Colegio de la Profesión Médica.
Manifestaron que en clínicas y hospitales de comunidades en municipios como Salinas, los profesionales de la salud no cuentan muchas veces con los medios necesarios para poder atender a un paciente grave, y mucho menos para poder determinar la muerte de una persona a través de aparatos médicos, como un electroencefalograma que pueden sustentar un diagnóstico de muerte cerebral, “lo que obliga a hacer el diagnostico de forma clínica”.
En ese sentido, solicitaron trato justo para los doctores detenidos, al momento de resaltar que el actuar de un médico nunca buscará dañar a las y los pacientes, sino llevar todo apegado a la legalidad, además de que la atención médica por si misma no es un delito.
Hicieron referencia al artículo 470 bis de la Ley General de Salud, el cual establece que no se considerará como conducta delictiva alguna lesión o perdida de la vida de algún o alguna paciente, derivada del ejercicio de la actividad de los profesionales de la salud legalmente autorizados, “siempre y cuando preceda conocimiento expreso y documentado que haya la posibilidad del advenimiento de alguna complicación en el estado de salud en el paciente o bien de la perdida de la vida”.