José de Jesús Ortiz
El Tribunal Colegiado del Noveno Circuito concedió el pasado jueves una suspensión definitiva al extitular de Salud en la entidad, Miguel Ángel N., en contra de actos del fiscal general del Estado, José Luis Ruiz Contreras, por violaciones a la presunción de inocencia.
En la demanda de amparo presentada desde el pasado 16 de noviembre por la defensa jurídica del ex funcionario estatal se reclamó la violación a la presunción de inocencia, “al exponer y divulgar a medios de comunicación, información falsa de la investigación relacionada” con el imputado, pues —según la demanda— el titular de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, dio “un trato de culpable” a Miguel Ángel N., recluido en el penal de La Pila desde el 3 de mayo de 2021, imputado por ejercicio abusivo de las funciones y asociación delictuosa, en un caso relacionado con la supuesta compra de un plaguicida para combatir el dengue.
La información a la que alude la defensa jurídica del ex titular de los Servicios de Salud en el Estado apareció publicada el 14 de noviembre de 2021 en diversos medios de comunicación (particularmente en el periódico Pulso, mencionado en la demanda), en ellas el fiscal general se refirió al proceso penal contra el ex funcionario y al ser cuestionado sobre el por qué solamente a él se le vinculó a proceso cuando —de acuerdo con el Ministerio Público— hay al menos cuatro personas más involucradas con ese caso, puntualizó: “Se tomó una decisión solo respecto del exsecretario (…) eso por la línea directa de investigación que se enfocaba sobre la disposición y la autorización y la firma que él realizó como titular de la Secretaría”.
Ante ello, la defensa del exfuncionario estatal promovió el 16 de noviembre un juicio de amparo a través del cual solicitó a la justicia federal ordenar a la autoridad responsable abstenerse de “dar información falsa, a cualquier medio de comunicación, con respecto a la investigación” de dicho caso, así como evitar dar información en “la que se mande el mensaje o se interprete” que el imputado “es culpable de la comisión de hechos y de delitos”, hasta en tanto no haya una resolución judicial como lo establece el Artículo 20 constitucional.
El 18 de noviembre, el Juzgado Sexto de Distrito concedió la suspensión provisional a Miguel Ángel N, en contra de actos del titular de la Fiscalía General del Estado —José Luis Ruiz Contreras—, aunque diez días después negó la suspensión definitiva, por lo cual se presentó un recurso de revisión ante el Tribunal Colegiado.
En la resolución del pasado jueves del Tribunal Colegiado se determinó de manera central conceder la suspensión definitiva del acto reclamado para los efectos de que la autoridad responsable (la Fiscalía General del Estado) se “abstenga de exponer al quejoso frente a la sociedad, principalmente como culpable de algún hecho delictivo, y se constriña a presentar en forma descriptiva y no valorativa la información referente a él, absteniéndose de exponer datos e imágenes que permitan identificarlo como culpable, para lo cual en su caso deberá difuminar el nombre y rostro del solicitante del amparo, se limitara a presentar de manera descriptiva y no valorativa la información referente al accionante, eliminando aquellos datos a través de los cuales sea factible su identificación”.
Por otra parte, también a partir de otra resolución del Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, este lunes a las 10 de la mañana se repondrá la audiencia inicial de imputación y por tanto se determinará nuevamente la procedencia o no del auto de vinculación a proceso en contra de Miguel Ángel N. De acuerdo al Tribunal Colegiado en la audiencia original efectuada el 3 de mayo —cuando fue detenido el exfuncionario estatal— así como en el auto de vinculación a proceso, se vulneró su derecho a una defensa adecuada, pues no se le permitió la consulta de la carpeta de investigación con la debida anticipación para preparar su defensa.