Fernanda Durán
Urenda Queletzú Navarro Sánchez, titular de la Defensoría de los Derechos Universitarios, reconoció la deuda que la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) tiene con las y los estudiantes que han enfrentado violencia de género en la institución, tras una falta de preparación en los órganos internos de atención.
Durante la conferencia de “Atención Integral a la violencia contra las mujeres en las instituciones de educación superior”, en el Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica (IPICYT), Navarro Sánchez explicó que la deuda histórica comenzó desde la integración de las instancias de atención, las cuales no lograban judicializar correctamente los casos y provocaban que los agresores continuaran sus actividades en la Universidad.
La titular de la Defensoría señaló que los fallos en los procesos y la atención no sólo implican revictimizar a las personas, pues también la impunidad que traen consigo los reclamos de quienes no reciben respuestas a sus problemáticas.
“Como cada 8 de marzo por más que estamos haciendo nuestro trabajo, porque la deuda es muy grande, la Universidad Autónoma de San Luis Potosí cumplió 100 años, pero 100 años de deuda y lo que hemos estado haciendo los tres últimos años es pagar los intereses de esa deuda nomás para que no aumente“.
Urenda Navarro afirmó que las instituciones necesitan un diagnóstico sobre cómo se vive la violencia al interior de las mismas, así como la formación, capacitación y contratación de personas adecuadas para el desempeño de las funciones.
En el caso de la UASLP, reveló que de los 300 expedientes que abre la Defensoría al año, 150 son por violencia de género, algunos son entre pares, pero en su mayoría es de profesores hacia estudiantes.
La encargada de la Defensoría insistió en que los órganos de control de cada institución requieren personal especializado en derecho para responder conforme a las necesidades legales o sociales de la víctima.
“Tienen que preguntar si requiere una medida de carácter precautorio cautelar para que no se siga materializando actos de difícil reparación (…) cuando la sanción no implica en la recesión laboral tenemos la obligación de desplegar medidas de no repetición”.