Fernanda Durán
En próximos días se someterá a votación en el Pleno del Congreso del Estado una reforma a la Ley de Aguas del Estado con la cual se pretende obligar a los fraccionadores o urbanizadores a formalizar el contrato de servicio de agua potable, drenaje y saneamiento de los inmuebles antes de venderlos.
Actualmente sólo están obligados a construir por su cuenta las instalaciones y conexiones de agua potable y alcantarillado, así como las tomas domiciliarias en cada predio.
La Comisión de Desarrollo Territorial Sustentable aprobó el dictamen que reforma los artículos 159 y 162 de la Ley de Aguas del Estado, con el que se agrega la obligación de formalizar los contratos de servicio desde el momento en que se encuentre la infraestructura en condiciones de iniciar con el suministro de agua y la recepción de residuales.
Contrato que, en su caso, será transferido al comprador de cada predio por el prestador del servicio de agua potable, una vez que el fraccionador le comunique la venta del inmueble.
La dictaminadora determinó que la transferencia del contrato no podrá generar ninguna cuota o tarifa adicional, ya que durante la discusión, los diputados integrantes de la comisión, Mauricio Ramírez Konishi y José Luis Fernandez Martínez, coincidieron en la necesidad de poner “un candado” a organismos como el Interapas para evitar que a través de este procedimiento se realicen cobros dobles.