Sobre Villa de Pozos, amparos y paros

Por Victoriano Martínez

Si algo requiere el proceso de municipalización de Villa de Pozos para llegar a un punto de irreversibilidad por la vía judicial es tiempo para consumar los actos que se requieren para llegar a un punto en el que se trate de acciones de difícil reparación y los intentos por parte de quienes busquen promover amparos se frustren.

Por lo pronto, desde el mismo viernes 16 de agosto –cuando se dio la gran farsa de la elección del Concejo Municipal– quedó publicado en el Periódico Oficial del Estado el Decreto 1083 que lo designa y “estará en funciones desde el día de su instalación el primero de octubre de dos mil veinticuatro, hasta el treinta de septiembre de dos mil veintisiete”.

El tamaño de la farsa lo reveló el diputado Edmundo Torrescano Medina, quien confesó que la mayoría de los diputados no conocieron los expedientes de las 103 que se incluyeron a la lista de candidatos a forma parte del Consejo.

“Nosotros no revisamos como tal la documentación, pero la Comisión de Gobernación sí”, declaró al periódico Pulso. Indicó que esa comisión se encargó de revisar que cumplieran los requisitos de elegibilidad. “Yo confío en que la Comisión de Gobernación hizo esa parte de su trabajo”, dijo.

¿Cómo esa confianza ciega en la Comisión de Gobernación logró que coincidieran en mayoría calificada para cada cargo en una misma persona? ¿Sería acaso el desfile que realizaron previo a la votación por el Palacio de Gobierno cada uno de los diputados? ¿De qué manera les afinaron la puntería a sus bastones de ciegos?

El resultado de la conformación del Concejo es prácticamente la evidencia de que a ese desfile por Palacio de Gobierno lo acompañó otro fenómeno muy de los partidos políticos gavilleros que ven a la administración pública como un botín: pactaron cargos para los suyos en un juego en el que la población no cuenta, sólo las posiciones de poder y la sumisa aceptación de migajas.

De las 15 posiciones que se tiene previsto que entren en funciones el 1 de octubre, sólo cuatro recayeron en personas a quienes no se les identifica alguna posición partidista y se les relaciona más con el grupo de poceños que promovieron la municipalización. Algo así como permitir representación ciudadana nomás por no dejar y ganar algo de legitimidad.

El hecho es que prácticamente cuatro de cada cinco posiciones se las repartieron los partidos políticos y la tajada más grande la tomaron el PVEM-PT, es decir, la gallardía.

¿Qué necesidad tenían de conocer los currículos de los candidatos si les bastaba cumplir los pactos a espaldas de la ciudadanía para usurpar lo que debió definirse con el voto popular? Vamos, ni necesidad de que la Comisión de Gobernación verificara la elegibilidad porque ni siquiera importó que fueran electas personas de la demarcación.

Un hecho es que se trató de una farsa de elección que hoy tiene la ventaja, ante el paro en el Poder Judicial Federal, de que ganarán tiempo antes de que pudieran presentarse amparos por parte de quien vea lesionados sus derechos con esas designaciones.

Una ventaja ante las acciones en el Poder Judicial Federal donde, en el caso del primer amparo presentado por la organización Cambio de Ruta, ya se vieron beneficiados con la reforma al último párrafo del artículo 148 de la Ley de Amparo por la que ya no se puede conceder una suspensión con efectos generales para normas generales. Una nueva fórmula que se podría aplicar a cuanta solicitud de amparo aparezca.

El tiempo que dure el paro en el Poder Judicial Federal le dará a los diputados tiempo para continuar con las siguientes acciones previstas para la municipalización sin que aparezcan juicios de amparo que pudieran volver a suspender el proceso, pero al mismo tiempo abren espacio para que los grupos que pretendan ampararse cuenten con tiempo para elaborarlos.

El paro en el Poder Judicial Federal puede durar unos días o muchos más. Para el Congreso del Estado mientras más se prolongue más oportunidad le dará de consumar actos de autoridad sin acciones jurisdiccionales por parte de los inconformes con la municipalización.

Si de por sí la modificación al artículo 148 de la Ley de Amparo le dio ventaja al Congreso del Estado, no sólo para el caso de Villa de Pozos sino también para otras pifias, el paro del personal de la justifica federal llega para darle otra ayudadita involuntaria.

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