Desaparición del INAI no elimina el derecho a la información: Samuel Bonilla

María Ruiz

El pasado viernes 23 de agosto la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que avala la reforma para la eliminación de siete organismos autónomos, entre los que se encuentra el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Esta reforma, que forma parte del paquete de cambios estructurales enviados por el presidente Andrés Manuel López Obrador el 5 de febrero, propone que las funciones de estos organismos sean absorbidas por diversas secretarías del Estado.

Antes esto, Samuel Bonilla Núñez, coordinador del programa Transparencia para Tod@s, señaló que aunque la reforma plantea la desaparición del INAI y de los 32 órganos análogos en los estados, no significa la eliminación del derecho de acceso a la información pública.

“Lo preocupante es que la Secretaría de la Función Pública sería la encargada de asumir las funciones del INAI, incluyendo la resolución de los recursos de revisión y la atención de quejas por respuestas insatisfactorias a solicitudes de información”, expresó Bonilla Núñez.

En los estados, esta responsabilidad también recaería en una dependencia del Poder Ejecutivo, lo cual ha generado inquietud sobre la independencia de estas funciones.

Sin embargo, Bonilla Núñez subrayó que más del 92 por ciento de las solicitudes de información del ámbito federal se resuelven sin la intervención directa del INAI, lo que desmiente la creencia de que el instituto atiende todas las solicitudes de información.

“El INAI sólo gestiona aquellas que le competen específicamente”, aclaró.

No obstante, Bonilla Núñez destacó la importancia social del derecho de acceso a la información pública y criticó que los organismos garantes, como el INAI o la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) en San Luis Potosí, no han impulsado suficientemente su aprovechamiento ciudadano.

Citó ejemplos de casos exitosos donde este derecho fue ejercido sin necesidad de recurrir a un recurso de revisión ante los organismos garantes, subrayando que el porcentaje de recursos de revisión ante el INAI es bajo, del orden del 5.1 por ciento entre octubre de 2015 y septiembre de 2022.

A pesar de que en muchos casos no se requiera la intervención del INAI, Bonilla Núñez advirtió que dentro de ese 5.1 por ciento de recursos de revisión se encuentran asuntos críticos que pueden tener gran relevancia social.

“Aquí es donde cobra gran importancia tener instituciones auténticamente independientes del gobierno que protejan este derecho”, enfatizó.

Ante la posible aprobación de la reforma, Bonilla Núñez señaló que, dependiendo de cómo resulte la legislación reglamentaria, es posible que las personas interesadas puedan seguir aprovechando este derecho, aunque bajo condiciones diferentes.

“Lo deseable es tener organismos autónomos que garanticen este derecho y que impulsen eficazmente su aprovechamiento”, y sugirió que en el futuro será necesario regular las instancias de transparencia, además de diseñar un procedimiento de selección de sus titulares libre de influencias partidistas y gubernamentales.

Finalmente, Bonilla Núñez reflexionó sobre las lecciones de la actual situación al recordar que los avances sociales en materia de transparencia no son irreversibles.

“Será necesario capitalizar las experiencias documentadas en más de dos décadas del actual sistema de transparencia en el país, para que las personas puedan, a pesar de cualquier reforma, seguir aprovechando este derecho para mejorar sus condiciones de vida”, concluyó.

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