Por Victoriano Martínez
Este 2025 será el cuarto año en el que el derecho a la información de los potosinos, no sólo en su vertiente de acceso a la información pública gubernamental (transparencia) sino también el de recibir información de calidad y busque evitar la desinformación, es violentado por las autoridades en una permanente y continuada violación a la Ley de Comunicación Social.
Publicada en el Periódico Oficial del Estado el 20 de mayo de 2021, la Ley de Comunicación Social (LCS) debió contar con su reglamento desde el 18 de septiembre de ese mismo año, para entrar en plena vigencia a partir del 1 de enero de 2022.
Una herencia maldita de incumplimiento de la ley que, por cuatro años, el actual gobierno ha evitado exorcizar, sacarle sus demonios, por la utilidad que mantenerla como letra muerta tiene para sus costosas estrategias de comunicación social que administran con total opacidad.
El pasado 15 de enero debieron publicarse en el Periódico Oficial del Estado los lineamientos que, entre otras cosas, deben incluir los criterios de selección de los medios de comunicación a contratar con el fin de garantizar que se cumplan los principios que la ley establece.
Entre esos criterios destacan cumplir con transparencia y máxima publicidad para evitar la discrecionalidad, justificar la contratación sujetándose a criterios de calidad y fomentar el derecho a la información (Articulo 5º).
Por cuarta ocasión, el gobierno estatal no ha publicado esos lineamientos. En su ausencia, tendría que cumplir al menos con los principios que la LCS establece. En el caso de transparencia y máxima publicidad, el dato es verificable en la Plataforma Estatal de Transparencia: lo oculta con la incorporación de un argumento ridículo:
“Este sujeto si está obligado para generar la información requerida, en el Artículo 84, numeral XXIX, mismo que refiere sobre: Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña; además, el costo del diseño, programación y alimentación de su página de internet institucional, así como el costo del dominio y mantenimiento del mismo; no se genera información ya que no se requirió el servicio”.
El gobierno que ha hecho trizas todos los excesos en el uso de propaganda y publicidad gubernamental afirma que no ha requerido de esos servicios. Es una flagrante violación a uno de los ocho principios que marca la LCS en su artículo 5º, que a la vez representa un acto que rompe con la salvaguarda y el fomento al derecho a la información.
El cumplimiento de los principios de la LCS, como esos dos citados, busca garantizar que desde la propia autoridad no se ejerzan ni se pongan en práctica estrategias de desinformación hacia la población. La autoridad es la primera en desinformar por ocultamiento.
No hacer públicos sus programas de comunicación social, no registrar los gastos en el Sistema Público que señala la LCS y publicarlo, ni llevar el registro de las campañas son violaciones a la ley, pero también el marco de discrecionalidad por el que el propio gobierno se vuelve el principal sospechoso de campañas de desinformación y linchamiento.
Es impresionante el número de páginas de Facebook que, desde el anonimato, hacen eco de una campaña plagada de mentiras y especulaciones sin fundamento para desprestigiar a Miguel Maya Romero, detectado por Carlos Rubio: 90 publicaciones para replicar seis versiones de textos difamatorios. Veinticinco páginas Web que difunden lo mismo.
Una acción orquestada que no se explica sin un patrocinio, pero, si los sitios Web y las publicaciones de Facebook se escudan en el anonimato, la única huella sobre el posible patrocinador queda en identificar a los entes que promocionan: en su mayoría difunden publicidad oficial de gobierno.
¿Cómo justifica el gobierno estatal patrocinar ese tipo de publicaciones bajo criterios de calidad, cuando resulta obvia su intención para desinformar y, lo peor, desacreditar? ¿Poder manejar esa discrecionalidad en el manejo de los recursos para comunicación social es la verdadera razón para la violación plena de la Ley de Comunicación Social?
Ante esa actitud gubernamental, contrasta la postura que ha adoptado el propio Miguel Maya Romero, quien ofreció en este mismo portal un deslinde claro entre la situación particular por la que atraviesa su Hijo, “que no tiene un proceso, que no ha sido sometido al escrutinio de un juzgado”, y la labor de Astrolabio Diario Digital y Antena San Luis.
El gobernador Ricardo Gallardo Cardona se ha caracterizado por actuar al margen de la ley para su promoción personal, al grado de estar registrado en la lista de servidores públicos sancionados por violar el artículo 134 de la constitución.
Hoy, los indicios de que también viola la Constitución y la ley para financiar desinformación comienzan a ser cada vez más evidentes… a menos de que se pliegue al cumplimiento cabal de la Ley de Comunicación Social y demuestre lo contrario.