Mujeres que luchan por el derecho al agua: el caso de la comunidad Los Pilares

Estela Ambriz Delgado

Desde diversas trincheras hay mujeres luchando por diferentes derechos, entre estos uno de los más básicos es el derecho humano al agua, el cual ha sido afectado en la comunidad de Los Pilares por un cacicazgo, sin embargo, la líder de un movimiento de defensa ha avanzado en el reconocimiento y garantía del mismo, al obtener recientemente un amparo para que se le dote el servicio de abastecimiento, lo que sienta un precedente en el municipio.

Desde hace seis años, los habitantes de Los Pilares, uno de los anexos del ejido La Pila que se encuentra dentro del municipio Villa de Zaragoza, se han visto sometidos a los designios de Efraín López Rivera, quien se apoderó del comité del agua y el pozo del que se abastecía la población, haciendo cobros y cortes de tomas de manera arbitraria.

Ante la situación, una de las afectadas, quien pidió resguardar su identidad para evitar represalias, ha encabezado la defensa del derecho humano al agua recurriendo a diversas instancias.

Mediante amenazas López Rivera ha amedrentado los pobladores de la comunidad que habitan el sector uno, donde les ha cortado el servicio en múltiples ocasiones, aunque hayan pagado su cuota, a diferencia del trato al sector dos, en el que habita gran parte de su familia y donde tienen corrales con decenas de animales de engorda como vacas y bovinos, por lo que dispone del agua del pozo que era para el abasto de la comunidad.

Aunque la comunera había presentado una queja en 2019 en la Comisión Estatal de Derechos Humanos, derivada de la cual se les restauró temporalmente el servicio, y también logró que en junio de 2024 el Cabildo de Zaragoza tomara la determinación de hacerse cargo del servicio debido a la problemática, por lo que alrededor de 22 familias pagaron contratos con el Ayuntamiento desde el mismo mes y cubrieron sus pagos hasta diciembre, esto no fue suficiente pues con la siguiente administración municipal López Rivera fortaleció su coto de poder.

Al entrar en funciones la administración de la alcaldesa Amada Zavala, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), ingresó a la nómina del ayuntamiento Daniel López Moreno, hijo de Efraín López, quien lo ha apoyado para la creación de un comité integrado por otros miembros de su familia, en el que determinaron cortar el servicio de agua potable a las familias que ya habían pagado al municipio.

La obtención del amparo para garantizar su derecho humano al agua

Ante la situación, la comunera y otros afectados acudieron al Ayuntamiento a presentar sus quejas y solicitar el apoyo de la alcaldesa sin obtener respuesta, sin embargo, derivado del amparo 75/2025 que ella misma promovió, el pasado 28 de febrero la Juez Primero de Distrito en el Estado resolvió procedente conceder la protección de la justicia federal para el efecto de que las autoridades responsables de inmediato suministren el servicio público de agua potable, y se abstengan de privar o restringir el mismo, bajo la cuota que se encuentre fijada.

El amparo fue promovido contra el Ayuntamiento de Villa de Zaragoza, el director de Agua Potable y Alcantarillado de Villa de Zaragoza, y el Comité de Agua Potable de la Comunidad de Pilares, autoridades que fueron omisas en rendir sus informes como el juzgado les requirió.

En la resolución se determinó sobre el caso, que el reclamo de la falta del suministro de agua, no obstante se cubrió la cuota para recibirla, fue suficiente para concluir que le asiste razón a la afectada, dado que el acto reclamado es violatorio del derecho fundamental de seguridad jurídica previsto en el artículo 16 constitucional, por la negativa del suministro del servicio de agua potable a su domicilio, sin que la autoridad responsable de a conocer los motivos y fundamentos de tal decisión, así como los preceptos en que se funda, atendiendo a su obligación de demostrar la facultad para ejecutar sus actos.

Asimismo ,para entender los alcances que tiene el derecho de acceso al agua sustentado en el artículo 4° Constitucional y en las diferentes leyes que, en los ámbitos federal o local, que reglamentan ese precepto, se señala la estimación de que la actuación de las responsables es contraria al deber que imponen las obligaciones a cargo del Estado Mexicano previstas en la Observación General número 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la cual establece que este derecho impone tres tipos de obligaciones a los estados.

“a) abstenerse de obstaculizar directa o indirectamente su goce (obligación de respetar); b) impedir a terceros toda injerencia en su disfrute (obligación de proteger); y, c) adoptar medidas legislativas, administrativas o presupuestarias, judiciales, de promoción y de otra índole adecuadas para hacerlo plenamente efectivo (obligación de realizar). Asimismo, cuando los agentes no estatales prestan los servicios de abastecimiento del recurso hídrico o están a su cargo, también están constreñidos a dichos deberes, los cuales dimanan de las leyes nacionales sobre el acceso al agua y a su uso”.

Sin embargo, la lucha continúa

El amparo presentado por la comunera es el primero de varios que se promovieron para que las familias afectadas puedan contar con el servicio, por lo que recién se ha reconectado el mismo en algunas viviendas, aunque todavía con varias dificultades, pues el agua les llega muy escasa, por lo que esperarán a que se regule para todos ya que, hasta ahora, no les han respetado horarios determinados y a algunos les pusieron llaves para controlarles el flujo.

Además, ahora se les ha impedido realizar el pago correspondiente en el Ayuntamiento de Villa de Zaragoza, pues al acudir algunos a pagar el mes de marzo, les dijeron que no van a recibir pagos hasta nuevo aviso, y de manera extra oficial tuvieron conocimiento de que esta orden viene de parte de Daniel López Moreno y el secretario general, por lo que temen más adelante les quiten nuevamente el servicio.

Por ello, las aproximadamente 22 familias que han padecido la falta de servicio, continuarán ingresando sus amparos, a fin de lograr que todos cuenten con el recurso hídrico en sus casas, sin embargo, la resolución obtenida por la ciudadana sienta un precedente contundente para el caso de Villa de Zaragoza, que puede servir para reorientar una distribución adecuada del agua en Los Pilares.

Además de que a partir de este caso se busca constituir una contraloría autónoma del agua en el municipio, para lo que ya se están organizando algunas comunidades, que tomando como ejemplo Los Pilares, tienen la disposición de conformar un organismo autónomo.

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