Impugna CEEPAC absolución a PAN y PRD

 

Por: Eduardo Delgado.

 

El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) interpuso dos juicios ante el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación, en desacuerdo porque el Tribunal Electoral de San Luis Potosí (TESLP) anuló las sanciones que ese organismo les impuso a los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, a los que en suma, les ordenó reembolsar 2 millones 627 mil 207 pesos con 50 centavos.

El 22 de septiembre del año en curso, el Pleno del CEEPAC aprobó por unanimidad los dictámenes de la Comisión Permanente de Fiscalización de ese organismo, derivados de la revisión contable de los informes financieros de los partidos políticos, respecto del gasto ordinario y en actividades específicas del ejercicio fiscal 2014.

Al partido del sol azteca, dirigido el año pasado por J. Guadalupe Zamora Marín y la ahora diputada federal Erika Irasema Briones Pérez -quien asumió el cargo el 19 de octubre-, el organismo lo emplazó a reembolsar 2 millones 172 mil 710 pesos con 88 centavos. En el caso del PAN, dirigido por Héctor Mendizábal Pérez, le ordenó devolver 454 mil 496 pesos con 62 centavos. En suma 2 millones 627 mil 207 pesos con 50 centavos.

Al partido perredista le ordenó regresar un millón 125 mil 709 pesos y 57 centavos por concepto de financiamiento “no ejercido”; por gastos no comprobados que derivaron de “observaciones generales” 139 mil 343 pesos con 91 centavos y por erogaciones no acreditadas derivadas de “observaciones cuantitativas a los egresos” 907 mil 710 pesos con 86 centavos.

A fin de evitar el reembolso, ambos partidos interpusieron el recurso de revisión y este fue turnado al TESLP, que el pasado 26 de noviembre anuló los dictámenes impugnados, con el argumento de que el CEEPAC incurrió “en faltas formales”, al no consignar lugar y fecha de elaboración del dictamen.

La consejera presidenta objetó en que la resolución de los magistrados, Rigoberto Garza de Lira, Oscar Kalixto Sánchez y Yolanda Pedroza Reyes, “coartó la encomienda constitucional de la fiscalización de los recursos públicos”, porque “la materia de fondo…, lo debió constituir la ponderación en el correcto uso de los recursos y la facultad legal de su fiscalización”.

Con fecha de miércoles de la semana anterior, 2 de diciembre, la consejera presidenta interpuso los juicios en contra de la resolución dictada dentro de los expedientes TESLP/RR/64/2015 y TESLP/RR/67/2015.

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación deberá resolver si confirma, revoca o modifica la determinación de los magistrados potosinos.

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