La diputada Marta Orta conoce a Anonymous

 

Por: Antonio González Vázquez.

 

En cuestión de horas, Marta Orta se hizo más fama que la alcanzada en todo un sexenio y ahora, se mantiene en la cima gracias a Anonymus y en YouTube, donde hasta la noche del cinco de mayo, un video donde la diputada es la Big Star tenía 1360 visita y 42 Likes. Todo gracias a la gracia (perdón por la cacofonía) que pretendía enviar a la cárcel a los creadores de Memes. Anonymus la llama “payasa”.

 

Luego de que la diputada local por el Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa para sancionar a quienes desde las redes sociales difundan mensajes que ella considera, violentan la privacidad y la intimidad a través de imágenes, la avalancha de criticas desde la propia red sepultaron a la legisladora, a la que solo le faltaba que la ridiculizaran en YouTube.

 

“Después de que la diputada Marta Orta Rodríguez (PRI) planteara una iniciativa en el Congreso de San Luis Potosí para dar cárcel a la publicación de Memes que provoquen acoso o violencia el grupo cibernético Anonymus…México necesita iniciativas que aporten, constructivas…mejores condiciones de vida y no estupideces”.

 

El grupo precisa en su mensaje electrónico que condenan cualquier iniciativa de ley que pretenda vulnerar los derechos fundamentales de toda sociedad…n o permitiremos que sigan creando iniciativas sin sentido…Anonymus pidió también a Orta Rodríguez su renuncia debido a que no rinde cuentas a sus electores puesto que lanzan iniciativas sin consultarles…pese a que la legisladora se asume como defensora de la libertad de expresión…abajo la ley memes.

Al final del video se muestran algunos de los Memes que de la diputada Orta Rodríguez fueron creados por los cibernautas a partir del tres de mayo, mismo que aún están presentes en las redes para solaz de quienes de quienes deseen verlos.

 

Aquí la dirección para consultar la postura de Anonymus:

https://www.youtube.com/watch?v=007N0CuA0Fk

 

Este es el artículo 187 BIS que había propuesto la diputada y que luego retiró: “Comete el delito de difusión ilícita de imágenes y sonidos quien trasmita, publique, difunda o ceda a terceros imágenes, sonidos o grabaciones con contenido lesivo, que denigre o humille a una persona con o sin su consentimiento, las cuales pueden o no contener texto. Este delito se sancionará con una pena de dos a cuatro años de prisión y multa de trescientos a cuatrocientos salarios mínimos”.

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