Niega Congreso a Gallardo permuta de predio; más caro el que cede que el que recibe

Por Antonio González Vázquez

El Ayuntamiento de San Luis Potosí pretendía intercambiar un predio municipal por uno particular de menor superficie y menor precio, pero el Congreso del Estado le rechazó la autorización de esa permuta por ser desfavorable a la hacienda municipal. La intención era entregar un predio con avalúo catastral de 307 mil pesos a cambio de uno de apenas 105 mil pesos.

Los diputados de las Comisiones de Desarrollo Territorial Sustentable y de Gobernación rechazaron la solicitud del ayuntamiento con número de Oficio S. G./1709/2016 de fecha 4 de octubre de 2016.

“Se solicita a esta Soberanía, autorización para permutar un predio propiedad ubicado en la colonia Rural Atlas, por otro propiedad de la C. Juana Zermeño Cervantes ubicado en el fraccionamiento Del Río”.

El dictamen de esas Comisiones que será votado en sesión ordinaria por el pleno este jueves, señala que “se concibe que los ayuntamientos pueden permutar cuando se tenga siempre por objeto la adquisición de diverso bien que beneficie a la hacienda municipal, y que resulte necesario para la realización de sus funciones públicas. En este caso, la permuta no beneficia a la hacienda municipal, debido a que el predio del municipio tiene, tanto una superficie como un valor mayor al del predio particular”.

Precisa que “la permuta que pretende el Ayuntamiento de San Luis Potosí, con la C. Juana Zermeño Cervantes, fue aprobada por los integrantes del Cuerpo Edilicio, en Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el 15 de septiembre de 2015, por mayoría de seis votos a favor y nueve abstenciones; por lo que no se da cumplimiento a la obligatoriedad de que sea aprobada por cuando menos las dos terceras partes de los integrantes del ayuntamiento”.

También señala que “el Ayuntamiento de San Luis Potosí, omite integrar a su solicitud, del predio particular, el dictamen de factibilidad expedido por, la dirección u autoridad municipal competente, y por la Coordinación Estatal de Protección Civil, respectivamente, mediante el cual se establezca la posibilidad de desarrollar, edificar, construir o realizar obras de infraestructura y los asentamientos humanos en un predio determinado; señalando el uso general y especifico del suelo; densidad, los coeficientes de ocupación y uso de suelo; y las restricciones federales, estatales y municipales al mismo, así como la identificación del análisis de riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción, así como identificación de riesgos, que se entenderá como reconocer y valorar las pérdidas o daños probables sobre los agentes afectables y su distribución geográfica, a través del análisis de los peligros y la vulnerabilidad. Así mismo, se omite la Certificación de que el inmueble carece de valor arqueológico, histórico o artístico”.

Y advierte que “en el dictamen que se entrega por parte de la Dirección de Protección Civil Municipal, respecto del predio propiedad municipal, se concluye que el predio representa un riesgo alto de afectación a la integridad física de las personas y los bienes, por lo que al ser trasladada la propiedad a un particular, pondría en riesgo su integridad”.

Por tanto, dictaminaron esas Comisiones: “se niega al Ayuntamiento de San Luis Potosí, S.L.P., permutar un predio de su propiedad, el cual tiene una superficie de 300.95 metros cuadrados, y se encuentra ubicado entre las calles Mercurio y Plutón de la colonia Rural Atlas, por otro propiedad de la C. Juana Zermeño Cervantes, el cual tiene una superficie de 105.00 metros cuadrados, y se encuentra ubicado entre las calles de Río Pujal y Antiguo Camino Real a Pinos del fraccionamiento Del Río”.

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