Eduardo Delgado
El alcalde con licencia de Santa María del Río, el priísta Israel Reyna Rosas, quien busca su reelección en el cargo, así como Froylán Loredo Mayo, presidente municipal interno, fueron acusados ante el Fiscal Especializado en la Atención de Delitos Electorales, porque empleados del Ayuntamiento representan al Partido Revolucionario Institucional en el Comité Municipal Electoral.
El denunciante, un ciudadano de ese municipio que solicitó el anonimato, denunció la participación de empleados del Ayuntamiento como representantes del PRI en distintas sesiones del Comité Municipal Electoral de Santa María del Río.
“Es claro que tanto Israel Reyna Rosas como Froylán Loredo Mayo, destinan y/o permiten y/o utilizan en apoyo del Partido Revolucionario Institucional los servicios de los citados empleados del Ayuntamiento de Santa María del Río, encuadrándose dicha conducta en el tipo penal establecido en la fracción III del artículo 11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales”, precisa el querellante.
Precisa que Paul Longoria Martínez, quien en ese municipio de la zona centro del Estado es Oficial del Registro Civil, con un sueldo mensual aproximado de diez mil pesos, participó en la sesiones del Comité Municipal Electoral del 28 de febrero, 28 de marzo, 14 y 20 de abril y 8 de mayo, fechas del año en curso, como representante del partido tricolor, instituto político que postula a Israel Reyna como su candidato a la reelección.
Especifica que en sesiones del Comité Municipal Electoral, celebradas los días 15 y 23 de mayo, el representante del PRI fue Oscar de Jesús Osthoff del Castillo, quien ocupa el puesto de Coordinador Laboral en el departamento de Recursos Humanos, con un ingreso mensual aproximado de 15 mil pesos.
“Es necesario precisar, que el jefe inmediato de ambas personas es el Presidente Municipal de Santa María del Río, siendo en la especie el C. Israel Reyna Rosas, quien se desempeñó como tal hasta el 25 de marzo próximo pasado cuando se hizo efectiva su licencia que solicitó a efecto de buscar reelegirse como presidente municipal por el Partido Revolucionario Institucional quedando a partir de esa fecha como presidente municipal interino el C. Froylán Loredo Mayo”, especificó el denunciante.
Detalla que el artículo 134 constitucional y todos los ordenamientos emanados de esa disposición, “tienen como uno de sus fines que se respete el principio de imparcialidad en la disposición de recursos públicos y el de equidad en la contienda” y “por eso se establece la prohibición a los servidores públicos de desviar recursos que están bajo su responsabilidad, incluyendo dentro de estos los recursos humanos”, abundó.
“En el caso que nos ocupa, la indebida asistencia de los servidores públicos como representantes del Partido Revolucionario Institucional ante el Comité Municipal Electoral de Santa María del Río, es contraria al principio de imparcialidad, sin que el hecho pueda estar justificado en que acudieron fuera de su horario laboral y dentro del ejercicio de sus derechos político electorales”, advirtió.