Estela Ambriz Delgado
En el marco del 30 aniversario del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), el Estado Mexicano mantiene una deuda con los pueblos y comunidades indígenas, principalmente respecto a sus demandas de autogobierno, como lo exige la población tének y náhuatl de los municipios de Tamazunchale, Tanlajás y San Antonio desde 2020, así lo consideró Juan Felipe Cisneros Sánchez, integrante del Observatorio Indígena Mesoamericano.
A 30 años del levantamiento armado en Chiapas en contra del Gobierno, cuando las comunidades indígenas de esta zona del país se visibilizaron, Cisneros Sánchez destacó que a la fecha se mantiene una exigencia indígena permanente, porque los pueblos se reconstituyan en autogobiernos a distintos niveles: comunitario, municipal, y regional, y así poder administrar directamente el presupuesto público para impulsar su propio desarrollo.
Asimismo, dijo que lo que buscan los pueblos y comunidades con el autogobierno, es garantizar su seguridad pública, proteger sus territorios contra el extractivismo depredador, y en especial, proteger sus cuerpos de agua y ecosistemas que son elementos existenciales para ellos, pues su situación actual dista mucho de ello.
En el mismo sentido, puntualizó que las demandas de los municipios predominantemente indígenas de Tamazunchale, Tanlajás y San Antonio, que desean gobernarse por medio de su sistema de usos y costumbres, son una continuidad histórica de la exigencia indígena que surgió antes de 1994, y que se reanimó con el mensaje de rebeldía del sureste, para seguir con su propia lucha por reducir la brecha de inaplicabilidad jurídica que ostentan unos privilegiados sobre miles de indígenas.
Felipe Cisneros recordó que derivado del levantamiento y las consiguientes negociaciones que llevaron a la firma de los denominados “Acuerdos de San Andrés Larraínzar”, los cuales fueron desconocidos y “rasurados” por diferentes gobiernos, algunos movimientos indígenas lograron importantes avances, al modificar sus constituciones y sus leyes en pro de garantizar la personalidad como sujeto de derecho público de la comunidad, el derecho a la consulta previa, libre e informada con pertinencia cultural, la administración directa de recursos públicos y el reconocimiento de los sistemas normativos.
Indicó que en el caso potosino, dichos avances se lograron en 2003, cuando tras una inédita consulta se logró obtener por el movimiento indígena la reforma constitucional del artículo 9, su reglamentaria, la Ley de Administración de Justicia Indígena, la Ley de Consulta Indígena, la creación del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas (INDEPI), entre otras disposiciones.
“Sin embargo, hay que reconocer que aún hay una gran brecha de inaplicabilidad, no porque las leyes no sean funcionales, sino que los anacrónicos grupos de poder local y estatal han sido reacios en aplicar y asumir su obligación de acatar plenamente el marco jurídico existente, cuando este, en la letra, es ampliamente reconocido en otras latitudes”, expresó.
Finalmente, Cisneros Sánchez indicó que los pueblos y comunidades mantienen un proceso latente de demandas que buscan cristalizar la aplicabilidad de las leyes, los convenios internacionales, la jurisprudencia, llevando a efecto litigios de carácter estratégico que procuran cambios en la percepciones y dinámicas de los gobernados y los gobernantes.