María Ruiz
Amnistía Internacional presentó al Juzgado Primero de Distrito en San Luis Potosí este 18 de julio un amicus curiae, es decir, un informe técnico que ofrece directrices de derechos humanos nacionales e internacionales sobre la reparación del daño y tiene como objetivo influir en un juicio de amparo que evalúa el Plan de Reparación del Daño por el feminicidio de Karla Pontigo, ocurrido el 28 de octubre de 2012.
La Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD), responsable de litigar el caso, presentó el amparo debido a las deficiencias encontradas en el Plan de Reparación del Daño emitido por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).
Desde 2016, Amnistía Internacional ha acompañado a Esperanza Luciotto López y a los hermanos de Karla en su búsqueda de verdad, justicia y reparación. Este acompañamiento incluye la presentación del amicus curiae, un documento de 33 páginas que especifica los elementos esenciales para un proceso de reparación adecuado, centrado en las víctimas y basado en el principio de progresividad de los derechos humanos.
El amicus curiae subraya la importancia de que el Plan de Reparación del Daño considere el derecho internacional de los derechos humanos y la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Amnistía Internacional sostiene que esta consideración podría establecer un precedente significativo para otras familias de víctimas de feminicidio en México.
El documento se enfoca en las medidas de reparación del daño para el caso de Karla Pontigo, en el que se destaca la obligación del Estado mexicano de aplicar una perspectiva de género en la reparación. Cita instrumentos como la Declaración de Nairobi y recomendaciones del Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), así como la Convención de Belém do Pará.
La relatora especial sobre la violencia contra la mujer, Rashida Manjoo, es mencionada en el informe, enfatizando en que la reparación debe aspirar a transformar las estructuras de subordinación y desigualdad de género que subyacen a la violencia contra las mujeres.
El amicus curiae destaca varias deficiencias del plan de la CEAV que incluye la falta de un análisis integral de las secuelas psicológicas y físicas en la madre y hermanos de Karla. También señala la ausencia de medidas de satisfacción, como una disculpa pública y el reconocimiento de la responsabilidad del Estado de San Luis Potosí en las violaciones a los derechos humanos de la familia Pontigo.
El informe critica la falta de conservación del memorial de Karla Pontigo y la omisión de nombrar una calle en su honor, medidas que deberían ser establecidas con la participación directa de las víctimas.
Amnistía Internacional subraya que las garantías de no repetición deben incluir acciones preventivas y estructurales para abordar las causas de los feminicidios. Sin embargo, el plan de la CEAV se limita a un curso de capacitación para personal ministerial, lo cual es insuficiente.
La participación directa de las víctimas en el diseño del plan de reparación es otro aspecto crucial que el informe destaca. Esta participación es fundamental para que las víctimas se sientan reconocidas y el proceso sea efectivo.
El informe también aborda el activismo de Esperanza Luciotto, madre de Karla, y los riesgos que conlleva su lucha por la justicia. Amnistía Internacional insiste en que este activismo debe ser considerado al establecer las medidas de reparación, reconociendo su rol como defensora de derechos humanos.
Finalmente, el amicus curiae de Amnistía Internacional hace un llamado al Estado mexicano a cumplir con los estándares internacionales en materia de reparación del daño, asegurando que estas medidas sean completas, efectivas e inclusivas.