Al Pleno, tipificación de la violencia vicaria en SLP

Fernanda Durán

La Comisión de Justicia del Congreso del Estado aprobó dos paquetes de reformas con las cuales se tipificará la violencia vicaria contra las mujeres en San Luis Potosí, misma que se llevará a votación en el Pleno en un próximo periodo extraordinario de sesiones.

Tras algunos retrasos en el mes de febrero y el aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre este tipo de violencia, la Comisión finalmente aceptó la propuesta que conjunta dos iniciativas: de la diputada Gabriela Martínez Lárraga y la ciudadana Isabella María Lastras Martínez, con modificaciones a los artículos 142 Quáter, 142 Quinques y 142 Sexies del Código Penal del Estado, así como disposiciones de los artículos 4, 8, 11, 12, 14, 92, 293, y 296 del Código Familiar para el Estado; 205, 205 Bis y la adición del 205 TER del Código Penal del Estado.

La propuesta que se votará en el Pleno pretende que el artículo 8 del Código Familiar del Estado se contemple la realización de cursos de preparación matrimonial, de fortalecimiento de la unión conyugal, de fortalecimiento de la equidad, la no violencia y la misoginia; en el artículo 11 se prohíbe que, bajo ninguna circunstancia, las y los progenitores ejerzan violencia familiar o violencia vicaria; en el artículo 12 se define la violencia vicaria, y en el artículo 293 hace alusión a la perdida de la patria potestad en estos casos.

También traería una reforma al artículo 205 con las fracciones V y VI, donde se integra lo relativo al incremento de la pena cuando se dé esta conducta; además, el artículo 205 bis se hace referencia a las sanciones en caso de violencia vicaria.

En la reunión estuvo presente Carla Ress García, representantes del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria capítulo San Luis, quien agradeció la decisión de los legisladores, pues lo califican como un fenómeno que lacera a las infancias donde incluso son cómplices abuelos, abogados y las instituciones que alargan los procesos en este tipo de delito.

“Hoy en día la Suprema Corte de Justicia nos da la razón que ya no es inconstitucional, realmente es una violencia que existe y que daña muchísimo a las infancias y a las mujeres (…) todavía falta muchísima capacitación a los tribunales, a los ministerios públicos, todavía falta mucha información”.

Aunado a su consideración de las capacitaciones, pidió a instituciones como el Congreso del Estado a generar foros para socializar qué es la violencia vicaria, ya que se trata de “una línea muy delgadita que a veces no logran entender qué es lo que realmente está pasando”.

El pasado 26 de febrero el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de San Luis Potosí, incluyendo la definición de violencia vicaria por considerarla una herramienta necesaria para combatir la violencia contra las mujeres ante la acción de inconstitucionalidad 163/2022, promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, presionada por grupos en contra de dicha violencia.

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