Por Victoriano Martínez
Para el alcalde de Tanlajás, Domingo Rodríguez Martell, la voluntad de dar a conocer sus #3de3 (declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal) es algo poco menos que imposible: ante la petición de copia de su declaración patrimonial respondió que por seguridad la mantendrá reservada.
“La solicitud de información realizada a mi persona en donde me solicitan mi declaración patrimonial quebranta mi derecho humano a la seguridad, toda vez que puede poner en riesgo mi vida, la seguridad de mi persona y la de mi familia, toda vez que se desconoce para qué será utilizada dicha información”, afirma el funcionario.
Con su respuesta, no sólo viola la fracción XVII del artículo 84 de la Ley de Transparencia, sino que además incurre en una falta al principio de publicidad de la información al pretender condicionar la entrega de la información pública a conocer de antemano el uso que se le dará.
Domingo Rodríguez Martell ocupó la presidencia de Tanlajás en el periodo de 1997 a 2000. Hoy nuevamente está en el cargo tras haber sido dirigente estatal de su partido y diputado federal. Veinte años en la política poco han sensibilizado al personaje sobre las obligaciones legales que debe cumplir.
Rodríguez Martell atendió la solicitud de información con una argumentación rebuscada y hasta contradictoria, en la que pretende asumirse como defensor de los derechos humanos, pero mediante la que niega el derecho de acceso a la información pública. Esta es la parte central de su texto de respuesta:
Como alcalde constitucional del municipio de Tanlajás, S.L.P. y sabiendo de antemano que como funcionario público reconozco la obligación de transparentar el ejercicio de mis funciones públicas con la finalidad de garantizar el derecho humano de accesar a cualquier información que esté en posesión de alguna autoridad pública, como es el caso de mi persona; aún con lo anteriormente expuesto la solicitud de información realizada a mi persona en donde me solicitan mi declaración patrimonial quebranta mi derecho humano a la seguridad, toda vez que pueda poner en riesgo mi vida, la seguridad de mi persona y la de mi familia, toda vez que se desconoce para qué será utilizada dicha información, por lo cual en base a la fracción IV del Artículo 129 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, mantendré mi información patrimonial como reservada.
Aún con lo dicho con antelación, mantengo mi postura de que cualquier información solicitada a mi persona, será respondida, siempre cuidando los derechos humanos fundamentales, asimismo el H. Ayuntamiento que tengo a bien presidir está en la mejor disponibilidad para cualquier información que se nos solicite personalmente cuando se refiera a asuntos que puedan poner en riesgo nuestra integridad personal.