Fernanda Durán
El Pleno del Congreso del Estado aprobó el decreto que reforma la Ley de Salud de San Luis Potosí para establecer la obligación de las autoridades sanitarias de garantizar la atención integral y multidisciplinaria de la muerte gestacional, perinatal y neonatal, conocida como “Código Mariposa”, en los hospitales públicos y privados del estado.
Con 26 votos a favor se admitió el cambio en las fracciones I y V, y la adición de las fracciones I BIS y VII; todas del artículo 51 de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.
Esta obligación para las autoridades sanitarias tiene el objetivo de brindar a las madres, padres y familias en duelo, una atención integral, trato digno y respetuoso, así como el acompañamiento necesario para un proceso adecuado de elaboración del duelo, minimizando las repercusiones psicológicas, físicas y emocionales.
También se reconoce el derecho al acompañamiento de las mujeres al establecer que durante el trabajo de parto, posparto y puerperio, tendrán derecho a ser acompañadas por la persona de su confianza y elección, salvo por razones de seguridad sanitaria o porque se derive de ello un riesgo clínicamente justificado, en cuyo caso deberá facilitarse la comunicación remota.
Además, los hospitales deberán fomentar la capacitación del personal de salud en la atención a la muerte gestacional, perinatal y neonatal, incluyendo contención psicológica y la colocación de una mariposa para identificar a las madres que han perdido a un bebé, así como la instalación de bancos de leche materna en el estado para garantizar el abasto suficiente para los servicios neonatales.