Fernanda Durán
El Pleno del Congreso del Estado aprobó el tercer aplazamiento de la entrada en vigor del Impuesto por la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera en San Luis Potosí, por lo que pasa del 1 de julio al 1 de enero de 2025 con una modificación al decreto 1050.
La propuesta fue planteada por los diputados de los partidos Verde Ecologista de México (PVEM), del Trabajo (PT) y Nueva Alianza, y recibida apenas este 27 de junio en el Pleno, por lo que en una votación “de urgente y obvia resolución”, dos terceras partes de los congresistas presentes confirmaron el cambio de fecha sin necesidad de analizarlo en comisiones.
Previo a su votación, y como en ocasiones anteriores, el diputado Ulices Mendoza Padrón mencionó que el retraso es para que el Gobierno del Estado cuente con mayor tiempo “para promover el conocimiento y formas de aplicación del nuevo impuesto y sus reglas de operación, ante los sujetos obligados”.
Mientras que en días pasados el diputado José Luis Fernandez Martínez explicó que la iniciativa se basa en la solicitud del secretario de Desarrollo Económico, Salvador González Martínez, de establecer un diálogo con el sector empresarial y la Secretaría de Finanzas para optimizar las reglas de operación del impuesto.
Mencionó que con esto el Estado tendrá más tiempo para perfeccionar las reglas de operación, pues uno de los aspectos a analizar es la metodología para determinar la cantidad de emisiones de gases contaminantes por parte de los sujetos obligados al pago del impuesto, ya que la propuesta original contemplaba la autodeterminación por parte de las empresas, pero se están evaluando alternativas que permitan una cuantificación más precisa de la carga tributaria.
En la última modificación se estableció que será aplicado a la expulsión directa a la atmósfera de los siguientes gases: dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O), carbón negro, clorofluorocarbonos (CFC), hidroclorofluorocarbonos (HCFC), hidrofluorocarbonos (HFC) y perfluorocarbonos (PFC).
También se eliminó la obligación de presentar el aviso de inscripción ante la Secretaría y la Bitácora con registros de las Cédulas de Operación Mensual, además de reducir el pago por tonelada de emisión de tres Unidades de Medida y Actualización (UMA’s) a solo uno.