Por Victoriano Martínez
Hace tres años, por primera vez el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) publicó las plataformas electorales de los partidos políticos participantes en la contienda, aunque lo hizo siete días después de iniciadas las campañas. Hoy, no sólo ya están publicadas, sino que habrá un instrumento más para evaluar a los candidatos.
En sentido estricto, esta será la primera elección en la que los electores podrán conocer y revisar las plataformas electorales desde antes de que se inicien las campañas. Es decir, la posibilidad está abierta para poder comparar lo que los candidatos planteen en sus actos proselitistas contra lo que registraron en ese documento.
Las plataformas electorales, que la Ley Electoral del Estado obliga a los partidos políticos a registrar en la primera quincena de enero, se encuentran disponibles desde el 2 de febrero en el micrositio que el CEEPAC habilitó para difundir la información relacionada con el proceso electoral 2024.
Aunque este instrumento de comparación y valoración de los candidatos y los partidos políticos existe desde hace varios lustros, hasta ahora se le ha comenzado a reconocer la importancia que tiene para los electores, al hacerlos públicos.
Ahora no sólo faltan campañas por parte del propio CEEPAC que promuevan su consulta, sino medidas para que los candidatos y los partidos cumplan la fracción XI del artículo 139 de la Ley Electoral que los obliga a:
XI. Publicar y difundir en las demarcaciones electorales en que participen, así como en los tiempos que les corresponden en las estaciones de radio y en los canales de televisión, la plataforma electoral que sostendrán en la elección de que se trate.
La Ley establece (artículo 323), adicionalmente, que en la propaganda electoral y las actividades de campaña se propicie la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado sobre sus programas y acciones, “particularmente, en la plataforma electoral que para la elección en cuestión hubieren registrado”.
Muy rara vez, si no es que nunca, los candidatos y partidos en sus campañas hacen referencia a su plataforma electoral, mucho menos recurren a citar su contenido, a pesar de estar obligados a publicarla y difundirla.
Para el actual proceso electoral, tanto el INE como el CEEPAC, han abierto otra ventana de información útil para la valoración de las propuestas por las que hay que votar el 2 junio: el sistema “Candidatas y Candidatos, Conóceles”.
En el caso del CEEPAC, como aún no han comenzado las campañas, en el micrositio dedicado al proceso electoral ya aparece el ícono correspondiente denominado “Conóceles”, aunque sólo remite a los Lineamientos para el uso del sistema conóceles y al documento sobre el Proceso Técnico Operativo.
En la página del INE, el módulo ya cuenta con información, aunque con la aclaración de que “a partir del 20 de marzo de 2024 podrás consultar la información curricular y de identidad de las personas candidatas”.
Además, incluye la siguiente advertencia: “La información de este portal fue proporcionada de forma obligatoria por las personas candidatas que participan en el Proceso Electoral Federal 2024, por lo tanto, es responsabilidad de los actores políticos dicho contenido. El Instituto únicamente promueve su difusión”.
Seguramente la misma advertencia aparecerá para el proceso electoral local, lo que deja abierta la posibilidad de que cada candidato exhiba solamente aquello que considera positivo de su trayectoria para los objetivos de su campaña.
Tanto la difusión de las plataformas electorales como de la información sobre los candidatos representan sin duda una ventaja para acercarse a la posibilidad de un voto informado que contribuya a la calidad de la elección.
No obstante, aún requiere de un esfuerzo significativo por parte de un electorado que está sometido a un bombardeo propagandístico que deja de lado las plataformas para apelar a una decisión emocional antes que razonada, aunque con ello incumplan el artículo 323 de la Ley electoral, sin que haya autoridad que se los exija.