Avanza reforma para relegar a agresores y deudores alimentarios del proceso electoral

Fernanda Durán

La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado prepara una serie de reformas con las que las personas condenadas por violencia familiar, delitos contra las mujeres y deudores alimentarios morosos, no podrán acceder a los cargos de gobernador, magistrado, miembro del Ayuntamiento, titular de delegación municipal ni podrán ser candidatos.

El Poder Legislativo aceptó un paquete de reformas a la Constitución y a la Ley Electoral del Estado que pretenden establecerse en junio, 90 días antes del inicio del proceso electoral, así lo indicó el presidente de la Comisión, Edmundo Torrescano Medina.

La propuesta de reformas a los artículos 73, 99 y 117, requieren no estar en alguno de los siguientes supuestos:

  • Tener sentencia condenatoria que haya causado estado, por violencia familiar, o delitos contra las mujeres por razón de género.
  • Tener sentencia condenatoria que haya causado estado por delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual.
  • Ser deudor alimentario moroso o en caso de serlo demostrar que ha pagado en su totalidad los adeudos alimenticios.

Ante las controversias de los deudores alimenticios considerados como una figura inconstitucional, el diputado reconoció que en el estado requiere perfeccionarse el esquema, sin embargo, será una manifestación expresa sobre prueba en contrario.

“Si eres deudor o deudora y manifestaste que no lo eras, tu pareja o cualquier otra persona lo podrá hacer valer y entonces sí estarás imposibilitado para aspirar a los cargos de elección popular”.

Torrescano Medina aseguró que con estas reformas se busca la erradicación de las violencias en contra de las mujeres en la entidad.

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