Por: Victoriano Martínez.
Si de dar muestras de capacidad para inhibir el ejercicio del derecho de acceso a la información pública se trata, la administración que encabeza Ricardo Gallardo Juárez se pinta sola, y no únicamente con un costo de las copias simples estratosférico (36.52 pesos por copia), sino también por evitar simplificar la entrega de información que debe ser difundida de oficio.
De acuerdo con la solicitud de información presentada vía Infomex con el número de folio 00344216, el peticionario requirió la entrega de listado de personal de la dirección de recursos humanos y la oficialía mayor de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y hasta julio del 2016, con referencia al tipo de contrato.
También pidió el “organigrama de la oficialía mayor y de la dirección de recursos humanos en el que se incluya a la totalidad del personal vigente al mes de junio del año 2016 y la lista de asistencia del personal de esas dos áreas de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016. En ambos casos aclaró que los requería en formato Excel.
Además, solicitó los “convenios que se hayan firmado entre el ayuntamiento y el sindicato que representa el ing. Jose Guadalupe Valencia Contreras en los que se señalan las prestaciones a las que tiene derecho el personal que labora o laboro en este ayuntamiento por los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016”.
Salvo las listas de asistencia, el resto de la información forma parte del catálogo de la que debe ser difundida de oficio de acuerdo con las fracciones XIV y XV del artículo 19 de la Ley de Transparencia vigente hasta el 9 de mayo y que aún rige los apartados de transparencia, y fracción XXI del artículo 84 de la nueva Ley.
A pesar de ello, Noé Lara, oficial mayor, mediante el oficio O.M./1193/2016 puso a disposición del solicitante la información contenida en un documento de 477 páginas relativa a los listados de personal, los organigramas y las listas de asistencia.
“Se hace del conocimiento que se pone a disposición de manera gratuita las primeras 20 (veinte) fojas útiles, esto acorde a los establecido en el artículo 165 párrafo cuarto de la Ley de Transparencia (…) por lo anterior se requiere cubra el costo de las fojas restantes”, advierte en su respuesta.
Enseguida señala que el costo a cubrir corresponde a la tarifa prevista en el artículo 31 fracción XV de la Ley de Ingresos del Municipio, que establece 0.5 salarios mínimos por copia, es decir, 16 mil 689.64 pesos por documentos que incluyen información que la autoridad debe difunfir de oficio, además de que el peticionario la pidió en formato electrónico Excel.
En el caso de los convenios con el sindicato, Lara pide al solicitante acudir a la Unidad Administrativa Municipal a consultarlos, en lugar de enviárselos por la misma vía en que los solicito o remitirlo a la dirección electrónica en la que por ley deberían estar publicados. Una actitud que anula el acceso remoto a la información pública, garantizado en el artículo 6º constitucional.