Bufete de la Garza, asesor y adversario jurídico del Ayuntamiento de SLP

Este trabajo fue acreedor del segundo lugar de la categoría de Noticia del Premio Estatal de Periodismo 2023. 

Carlos Rubio

Mientras que el Bufete de la Garza S.C. de José Mario de la Garza Marroquín cobra por asesoría jurídica en el Ayuntamiento de San Luis Potosí, el mismo despacho inició un litigio en contra del propio Gobierno Municipal, y en contra del decreto de Área Natural Protegida de la Sierra de San Miguelito.

Como representante del complejo inmobiliario Gran Peñón (Desarrolladora El Peñón, S.A. de C.V.), abogados del Bufete de la Garza promovieron el amparo indirecto 1392/2022 en contra del decreto que declara Área Natural Protegida (ANP) a la Sierra de San Miguelito, el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y el Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población de San Luis Potosí.

También contra los artículos 44, 46, 57, 58, 60 y 61 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y los artículos 47, 48, 49 y 50 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas.

El reclamo inicia a partir del oficio DATDU/DIR/191/2022 expedido por la Dirección de Administración Territorial y Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de San Luis Potosí el 8 de septiembre de 2022, es decir, un acto de la presente administración que encabeza Enrique Galindo Ceballos, ya con José Mario de la Garza como abogado asesor del Gobierno de la capital, actividad por la que hasta ahora ha cobrado del municipio 4 millones 350 mil pesos.

De acuerdo con el expediente 1392/2022, uno de los abogados autorizados por parte de Gran Peñón es José Mario de la Garza Mendizábal (cédula 0127144), padre de José Mario de la Garza Marroquín y socio fundador del Bufete de la Garza S.C.

Así mismo aparecen los abogados Rodrigo López González (cédula 5674410), Jorge Nava Saldaña (cédula 7424689) y Rocío Mariana Infante Castillo (cédula 12092482), todos laboran en el Bufete de la Garza.

En la lista de acuerdos del Juzgado Primero de Distrito es posible constatar que autoridades federales y municipales señaladas han rendido sus informes debido a su intervención en el proceso de discusión, votación y publicación de la ley reclamada, el decreto de ANP de la Sierra de San Miguelito, y los programas de Ordenamiento Territorial y de Centro de Población.

Aunque no es posible consultar el documento detallado, en la información pública destaca el informe de la directora de Administración Territorial y Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de San Luis Potosí, quien aceptó la emisión del oficio DATDU/DIR/191/2022 y agregó una aclaración sobre sus efectos:

“El acto administrativo no puede ser considerado como un acto de autoridad definitivo, sino declarativo e informativo; especialmente si el acto debatido se emitió atendiendo a una instancia dirigida a obtener una consulta normativa sobre las regulaciones urbanas y ambientales…”.

El amparo fue admitido desde el 13 de octubre de 2022, sin embargo, la audiencia constitucional ha sido reprogramada en cuatro ocasiones; inicialmente iba a llevarse a cabo el 10 de noviembre de 2022, pero fue movida al 1 de diciembre, luego al 23 de diciembre y más adelante hasta el 19 de enero de 2023. La última fecha prevista es para el 16 de febrero.

Los artículos reclamados

El reclamo a la Ley General del Equilibrio Ecológico es referente a las disposiciones generales del Capítulo I del Título Segundo, que habla de las Áreas Naturales Protegidas.

Por ejemplo, el artículo 44 señala que los propietarios de tierras que se encuentren en Áreas Naturales Protegidas, deben sujetarse a lo establecido en la ley y en los programas de manejo y ordenamiento ecológico. El artículo 46 define como ANP los parques nacionales, santuarios, las zonas de conservación ecológica municipales, entre otras.

Los artículos 57 y 58 establecen que las áreas naturales protegidas se establecerán mediante declaratoria del presidente de México, previa realización de estudios justificativos hechos públicos, con la opinión de gobiernos locales, dependencias federales, organizaciones públicas y privadas, así como universidades.

Finalmente, los artículos 60 y 61 de esta ley establecen los aspectos con los que debe contar el decreto de ANP como la delimitación del área, y su validez al ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Por otra parte, los artículos 47, 48, 49 y 50 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas abordan disposiciones referentes a los estudios previos justificativos, las zonas núcleo y de amortiguamiento, y el manejo y delimitación de las ANP.

El Programa Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y el Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población de San Luis Potosí fueron aprobados el 5 de marzo de 2021 en el Cabildo de San Luis Potosí, en el tiempo de Alfredo Lujambio Cataño como presidente municipal interino.

A la par, se aprobó la construcción de la Vía Alterna a la Zona Industrial con una afectación de 500 hectáreas de la Sierra, misma vialidad que parte en dos el desarrollo Gran Peñón, que hoy es representado por el Bufet de la Garza en contra del Ayuntamiento de San Luis Potosí.

El decreto del 13 de diciembre de 2021 de ANP de la Sierra de San Miguelito protegió un total de 111 mil 160.44 hectáreas. Con ello, la mayor parte del área que abarcaba el proyecto Gran Peñón quedó sin posibilidades de ser urbanizada.

Gran Peñón y la Sierra de San Miguelito

Gran Peñón, San José Buenavista y Las Cañadas, eran tres complejos inmobiliarios que planeaban desarrollar a lo largo de la Sierra de San Miguelito. Este último en mil 805 hectáreas, que finalmente quedaron dentro del Área Natural Protegida.

Sin embargo, antes del decreto, desde 2019, Gran Peñón ya presumía y construía el desarrollo inmobiliario que se erigiría en mil 261.38 hectáreas, que en mayoría pertenecen a la Sierra de San Miguelito, con la ventaja de que atraviesa la Vía Alterna a la Zona Industrial.

Después de la declaratoria, Gran Peñón únicamente quedó en posibilidades de urbanizar una parte de su terreno, que colinda con la Zona Industrial y la Vía Alterna, ya que lo restante pertenece a la Sierra de San Miguelito.

Desde la declaratoria de ANP se han promovido múltiples amparos en contra de la protección a la Sierra de San Miguelito, por parte de los empresarios inmobiliarios que aún buscan la posibilidad de urbanizar y llevar a cabo sus ambiciosos proyectos.

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