Por: Antonio González Vázquez.
Aunque en San Luis Potosí se criminaliza el aborto y “se protege la vida desde la concepción, ahora se proponen ir más allá de eso, pues se pretende considerar homicidio cuando hay aborto por la malformación. Se tiene la excepción del aborto cuando la mujer es víctima de violación, ahora se propone sancionar al violador y mantener la vida del feto.
Un ciudadano de nombre Jordi Vilet Ocaña, presentó al Congreso del Estado iniciativa de ley para hacer modificaciones al Código Penal y al Código de Procedimientos Penales.
Propone que en el Delito de Aborto “se proteja la vida incluso en los casos de delito de violación, no teniendo que penalizar con muerte al producto de la concepción sino más bien castigando al violador; así mismo se proteja la vida en los casos de inseminación artificial indebida, y continúe su protección en los casos de malformación”.
De acuerdo con la iniciativa, cometería el delito de aborto:
Tratándose de los casos de Violación o inseminación artificial indebida (previa comprobación de los hechos) o por malformación, alteraciones genéticas o congénitas; a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta que otro la haga abortar, se le sancionará durante un plazo de seis meses a un año con tratamiento en libertad, dentro de una comunidad terapéutica, en la que se brindarán sesiones y consultas de orientación psicológica, física y todas aquellas que fueran necesarias para su recuperación.
Al que lo realice con el consentimiento de la mujer embarazada se le impondrá una pena de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de veinte a sesenta días de salario mínimo, y; al que lo realice sin el consentimiento de la mujer embarazada se le impondrá una pena de tres a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a ciento sesenta días de salario mínimo.
Del mismo modo, “tratándose de delito de Aborto en casos de violación e inseminación artificial indebida.
Así mismo tratándose de los casos de Delito de Aborto por violación e inseminación artificial, el juez de la causa girará oficio a la Comunidad Terapéutica correspondiente para hacer de su conocimiento el ingreso de la sentenciada”.
En la exposición de motivos, el promovente asienta que:
“Actualmente se habla sobre los derechos de la mujer en cuanto su autonomía reproductiva, lo que se ha interpretado en la posibilidad de decidir libre y responsablemente si opta por la maternidad o no, cuando y con quién, o interrumpir un embarazo no deseado. Por lo tanto el aborto se convierte en una decisión propia en base a los derechos de las personas.
Definir lo que es justo es asunto de sentido común, sólo basta hacer un razonamiento muy breve: Es una grave injusticia privar de la vida a un inocente (no me parece que nadie discutiría la verdad de ese principio). El concebido no nacido es un ser humano inocente. Por lo tanto, es una grave injusticia privar de la vida al ser humano concebido y no nacido.
Con esta iniciativa se busca también proteger los derechos de toda mujer, como lo son el derecho a la información y orientación, así como también los derechos de todo individuo por nacer, a quien no se le toma en cuenta, dejando por un lado su derecho a la vida, y olvidamos que es un niño por nacer el cual sufre con demasiada crueldad el proceso del aborto, y que no tiene voz ni voto para opinar si desea continuar con su vida”.
La iniciativa será presentada en la sesión ordinaria de pleno de este jueves para ser turnada a Comisiones para su dictamen.