Por: Antonio González Vázquez.
El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana resolvió que sea el olvidadizo Auditor del Estado quien sancione al presidente municipal de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo Juárez por realizar promoción personalizada con recursos públicos de la hacienda capitalina.
Utilizar la palabra Gallardía, se resolvió, es hacer publicidad personalizada y eso lo prohíbe la ley.
El distraído Auditor del Estado será entonces el que defina la sanción para el edil capitalino, quien por cierto, pese a que se le emplazó mediante medidas cautelares, continúo utilizando la palabra Gallardía.
José de Jesús Martínez Loredo, el Auditor descuidado, es un auditor “barco”, pues no se puede olvidar que le aprobó la Cuenta Pública 2015 a Gallardo (en los 3 meses que le correspondían con todo y el caso Sandra Sánchez) sin ningún problema, es más, hasta le pulió impurezas.
Es muy probable que la Auditoria Superior con su desmemoriado titular se ponga a las órdenes del presidente municipal de la capital y que termine por alabarlo en vez de sancionarlo.
Mientras tanto, la decisión del pleno del CEEPAC no deja de ser una tunda más para el alcalde que en pocos días recibe otra resolución colegiada en contra, pues hace unas semanas el Congreso del Estado le rechazó categóricamente su propuesta de incrementos en los valores catastrales y a las tarifas del agua potable.
Gallardo, con la cauda de aduladores a su lado, no está acostumbrado a que le digan y no y mucho menos, que le digan que lo hace lo hace mal. El CEEPAC ya le dijo que simple y llanamente, viola la ley.
El Partido Acción Nacional y el Movimiento Navista, cada cual por su lado, promovieron recursos en contra del alcalde ante el organismo electoral porque evaluaron que en el actuar del alcalde, había algo ilegal en todo lo relacionado a las campañas institucionales de publicad que se tornaron promociones personalizadas con claros fines electorales.
En ese sentido, el CEEPAC no se atrevió a dar el paso necesario, es de sancionar por actos anticipados de campaña. Su coartada de tan simple, da risa o quizá pena: no hay acto anticipado de campaña porque aun no hay proceso electoral.
¿Brillante, no?
“De acuerdo con el proyecto de resolución del procedimiento sancionador ordinario presentado y discutido en sesión ordinaria, e instaurado a partir de denuncias presentadas por el Partido Acción Nacional, un grupo de ciudadanos y de manera oficiosa por parte del organismo electoral, la expresión “Gallardía” constituye una expresión verbal y locución que en forma sistemática y repetitiva conducen a relacionarla directamente con el presidente municipal de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo Juárez, revelando un ejercicio de promoción personalizada”.
Con ello, Gallardo Juárez ha violado de manera sistemática y conciente, el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier otro servidor público”.
Que no se olvide, los diccionarios que llevan los estudiantes en sus paquetes escolares que les regaló el ayuntamiento, llevan la fotografía del presidente municipal, quien con “Gallardía” se presenta como el papa de los pollitos que van a la escuela.