Por Victoriano Martínez
Lo revelado por el alcalde Enrique Galindo Ceballos, tras la separación del cargo de cuatro funcionarios de la Dirección de Comercio como resultado de la investigación de la Contraloría Interna dimensiona la gravedad de la responsabilidad de los servidores públicos involucrados en la tragedia del antro Rich… y no sólo los municipales.
De acuerdo con lo que dijo este jueves Galindo Ceballos, las omisiones en las que incurrieron los cuatro destituidos contribuyeron al trágico accidente en el establecimiento Rich, en Plaza Alttus, donde dos jóvenes perdieron la vida el pasado 8 de junio. En otras palabras, el alcalde señala complicidad por omisión en la muerte de dos jóvenes y las lesiones de otros ocho.
¿Hasta dónde está dispuesto a llevar el punto que ha hecho público sobre los resultados de las investigaciones de la Contraloría municipal para que los funcionarios municipales sean efectivamente sancionados? ¿Acaso se sumará a esa misma cadena de omisiones?
Galindo Ceballos señala como evidencia suficiente que justifica la destitución del director de Comercio, Jorge García Medina; el subdirector, Francisco Juárez Sánchez; la coordinadora de Actividades Comerciales, Ana Laura Gómez Piñón y el jefe de Inspectores, Cosme Alejandro Flores dos momentos clave.
El primero por no haber suspendido las actividades del antro Rich cuando la licencia de funcionamiento del establecimiento perdió vigencia desde 2023 y, pese a las revisiones, no se tomó una acción contundente para cerrar el lugar, y el segundo no haber intervenido previamente ante un evento que no estaba autorizado.
“No es una instrucción del alcalde, es una decisión que viene a partir de las evidencias que arroja la investigación”, aseguró Galindo Ceballos.
La causa material del accidente fue un barandal inseguro de la plaza comercial Alttus, ¿la Contraloría no logró evidencias sobre omisiones relacionadas con la inspección de esas instalaciones por parte de servidores públicos de Protección Civil municipal? ¿Es una omisión del alcalde o de la Contraloría?
La destitución de cuatro funcionarios municipales representa un avance en la determinación de responsabilidades de quienes pudieron, de cumplir con su función, evitar la tragedia, por lo que la incompleta acción de parte de la autoridad municipal exhibe, en automático, la omisión por parte de las autoridades estatales, cuyas áreas correspondientes también tuvieron algo que ver.
¿Qué papel jugaron la Dirección de Gobernación y la Coordinación Estatal de Protección Civil, por ejemplo, en los dos momentos señalados por Galindo Ceballos como claves para haber podido evitar la tragedia y que, por tanto, contribuyeron para que ocurriera?
Todo indica que para la instancia estatal no aplica el primero de los momentos, dado que, durante la jornada de juicio en contra de Nancy N., Ulises N. y Francisco N., administradores del Rich, el 22 de junio, el juez constató que el lugar operaba sólo con un refrendo expedido por la administración estatal. Un grado de complicidad mayor que el de los funcionarios municipales.
Destaca que ni Protección Civil municipal ni Protección Civil estatal hayan verificado las condiciones en las que se encontraba el barandal que, de haber sido inspeccionado y haber obligado a la plaza comercial Alttus a su reparación, habría tenido mayor impacto en evitar la tragedia.
La destitución de los funcionarios municipales con las consideraciones expuestas por Galindo Ceballos revela el grado de participación en la tragedia por una parte de los responsables desde el ámbito municipal y, a la vez, implica que necesariamente las instancias equivalentes de la esfera estatal comparten responsabilidad.
La Fiscalía General del Estado (FGE) solicitó y obtuvo una ampliación de la investigación complementaria por tres meses más. Galindo Ceballos afirmó contar con evidencias sobre omisiones en su ámbito de autoridad, ¿qué tantas evidencias logrará recabar la FGE sobre el grado de participación de las instancias estatales?
Por lo pronto, el juez que atiende el caso ya constató que el lugar operaba sólo con un refrendo expedido por la administración estatal.