Por Victoriano Martínez
La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió una recomendación a la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam) y al Interapas por los riesgos ecológicos que representan los residuos generados por la empresa Apelsa, en un caso que inició por una queja en contra de la construcción de una escuela en esa área.
El 15 de septiembre de 2014, Ángel Sánchez Soto, vecino del Fraccionamiento Valle del Agave, presentó la queja tras la insistencia por parte de Ricardo Gallardo Cardona, entonces alcalde de Soledad de Graciano Sánchez, para construir una escuela en un predio que correspondía al área verde de la colonia y ya había sido declarado inapropiado para ese uso.
El 3 de diciembre de 2013 se consideró inapropiado el predio para la construcción de una escuela primaria por la cercanía con la empresa Apelsa, y la contaminación de esta última; a pesar de ello, el Ayuntamiento de Soledad proyectó la construcción de una Unidad Básica de Rehabilitación, lo que originó que Sánchez Soto ampliara su queja ante la CEDH.
En octubre de 2016, la CEDH emitió un informe especial turnado a la Segam, al Interapas y al Ayuntamiento de Soledad, con nueve puntos a ser atendidos para la protección de la salud y el disfrute a un medio ambiente sano en la escuela primaria.
En diciembre de 2017, Sánchez soto solicitó la reapertura del expediente por el incumplimiento por parte de las autoridades, lo que se otorgó un mes después.
Ante la falta de información sobre el seguimiento y los avances en la construcción de la Unidad Básica de Rehabilitación, Sánchez Soto inició un juicio de amparo contra la CEDH, del cual se le concedió la protección y se dio a la Comisión el pasado 25 de julio un plazo de 30 días naturales para resolver la queja.
El 12 de septiembre, Sánchez Soto presentó inconformidad ante el Juez federal por falta de resolución de la CEDH, pues aunque le aseguraron que ya se encontraba el proyecto, no le notificaron la resolución final.
Al día siguiente, la CEDH notificó a Sánchez Soto la recomendación 19/2019 “sobre el caso de vulneración de los derechos humanos: al agua (saneamiento), la protección de la salud y el disfrute a un medio ambiente sano, en agravio de los habitantes del Fraccionamiento Valle del Agave”, presuntamente emitida desde el 27 de agosto.
“No tocaron al gobierno de Soledad”, lamentó Sánchez Soto, “y no dice nada esta recomendación sobre los malos olores que genera en el aire la empresa Apelsa”.
Anunció que impugnará la recomendación ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, una vez que tenga conocimiento de que el documento fue aceptado por la Segam y el Interapas.
Los puntos de la Recomendación
En su Recomendación 19/2019, la CEDH da 60 días para “la celebración de un convenio y/o acuerdo de coordinación interinstitucional y cooperación técnica, entre esa Secretaría, e Interapas, en el que se invite también a la Empresa 1, con el objeto de elaborar e implementar un Programa Integral de Saneamiento del sistema público de descarga esto como forma de Reparación del Daño”.
En el capítulo de evidencia, cita que los procedimientos administrativos para que la empresa cumpla con el manejo de sus residuos tienen una “imposibilidad jurídica, debido a que los representantes legales de la Empresa 1 han interpuesto diversos juicios de amparo, por lo que el procedimiento administrativo aún no se había resuelto”.
La CEDH pide a la Segam acciones jurídicas efectivas para que Apelsa cumpla las medidas de seguridad que ella misma le fijó, las que le enumera:
A) Llevar a cabo la separación de los drenajes de aguas pluviales, sanitarias y de proceso.
B) Presentar programa de minimización de residuos, con el objeto de evitar alta concentración orgánica en las descargas de aguas residuales.
C) Presentar un programa de obra para mejorar el sistema de tratamiento de las aguas residuales con el objeto de disminuir las altas concentraciones de contaminantes en las descargas de las aguas residuales.
Entre las acciones contra las que la empresa se ha amparado se encuentra la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales, ya que sólo se ha limitado a construir una “cisterna de tratamiento, la cual sí fue construida pero el sistema instalado no fue el adecuado, por lo que continúa sin dar cumplimiento a los estándares establecidos en sus descargas”.
La CEDH concluye que “la Segam y diversas autoridades estatales no están dando cumplimiento a las Normas Oficiales NOM-020-SSA1-1993, NOM-021-SSA1-1993, NOM-022-SSA1-1993, NOM-085-SEMARNAT-2011, NOM-044-SEMARNAT-2006”.
Además, advierte que los intentos por que la empresa realice acciones efectivas para disminuir las altas concentraciones de contaminantes y mejorar el sistema de tratamiento de las aguas residuales por parte de la Segam y el Interapas han resultado insuficientes.
Sánchez Soto, por su parte, considera que los puntos de la recomendación de la CEDH también son insuficientes al omitir a las autoridades municipales de Soledad de Graciano Sánchez que ya instalaron en esa zona contaminada la Unidad Básica de Rehabilitación (UBR).
El alcalde de Soledad, Gilberto Hernández Villafuerte, según se ha informado a los vecinos del Fraccionamiento Valle del Agave, acudirá el próximo lunes a inaugurar la UBR, porque pretende presumirla como una de sus principales obras de este año, a pesar de haber sido construida en un predio que desde diciembre de 2013 se consideró inapropiado por estar en una zona contaminada.