Carlos Rubio
La Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) no puede actuar en contra de las dependencias de Gobierno del Estado que se han declarado incompetentes para evitar otorgar información sobre sus proyectos, obras y acciones, hasta que se presenten los recursos de revisión pertinentes, informó David Menchaca Zúñiga, comisionado presidente del organismo.
El titular explicó que la CEGAIP no interviene en la interacción entre el peticionario y el sujeto obligado, lo cual consideró un “limbo jurídico”.
Esto significa que, en caso de que no se interpongan recursos de revisión, las dependencias podrían seguir evadiendo su obligación de transparentar la información que se les requiere mediante solicitudes.
“Tenemos conocimiento de ello hasta en tanto se echa a jalar el instrumento jurídico que tenemos que se llama recurso de revisión, y es ahí donde nos damos cuenta cual fue el actuar de la dependencia, de lo contrario nosotros no tenemos un enteramiento oficial por parte ni de la dependencia ni del particular”, explicó.
Hasta el momento, Astrolabio Diario Digital ha documentado tres hechos en los que las secretarías de Gobierno del Estado se han declarado incompetentes para responder a solicitudes, acción con la que obstaculizan el acceso a la información pública.
El primero de ellos fue sobre la obra realizada en la Torre Administrativa del Centro de Convenciones, en donde se construyó una oficina para el gobernador Ricardo Gallardo Cardona; cinco dependencias fueron cuestionadas al respecto, sin embargo, se declararon incompetentes para otorgar la información.
Más adelante, se solicitaron gastos y proveedores de la toma de protesta del gobernador, pero los sujetos obligados recurrieron a la misma acción para evitar otorgar la documentación.
Recientemente se solicitó copia del proyecto y gastos por las remodelaciones llevadas a cabo en las oficinas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas y el resultado fue el mismo. Cinco secretarías se declararon incompetentes y evitaron dar a conocer información que debería ser pública.
El comisionado presidente apuntó que el recurso de revisión es la forma en la que la CEGAIP puede intervenir ante estos hechos violatorios del artículo 6 de la Constitución Política de México, el cual señala que el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Sin embargo, un recurso de revisión promovido ante la CEGAIP puede tardar hasta más de un año en resolverse.
Al respecto, Menchaca Zúñiga aceptó que la CEGAIP tiene como asignatura pendiente el modificar la ley para acortar el tiempo que tarda en emitir una resolución para las quejas presentadas.
Por esta razón, informó que al interior del organismo se trabaja en iniciativas que otorguen una solución a la problemática, aunque no ofreció una fecha aproximada de cuándo podrían estar listas y presentarse ante el Congreso del Estado.
La CEGAIP también puede realizar exhortos hacia las dependencias o instituciones que incurran continuamente en una conducta que obstaculice la información. Según su página web, en lo que va del año apenas han realizado tres: dos hacia los Servicios de Salud y uno más hacia el Interapas.
El comisionado presidente comentó que para emitir un exhorto se debe contar con los recursos de revisión y analizar la “dimensión del incumplimiento” del sujeto obligado.