Empresa oferta 350 mil pesos por ejidatario para lograr proyecto extractivista en Corcovada

Estela Ambriz Delgado

Desde el mes de febrero de 2025 la empresa CEMAT Construction, S.A. de C.V., asociada al conglomerado de Grupo Salinas, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, ha enviado a sus simpatizantes en el ejido Corcovada, del municipio Villa Hidalgo, una carta oferta por la enajenación de tierras de uso común, en la que les plantean pagar 350 mil pesos para cada uno de los ejidatarios titulares, e inclusive les hacen una propuesta de cómo estructurar la operación y les piden confidencialidad de los detalles por cinco años.

En el escrito membretado con el logotipo de CEMAT, a nombre de la misma a través de su Enlace Social Arturo Álvarez Hervert, se hace referencia al interés de adquirir una superficie de las tierras de uso común del ejido, y se formula una oferta para adquirir la superficie de interés, que es de 426-76-74 0953 hectáreas, precisando que la ubicación, medidas, y colindancias se anexan en un plano topográfico de las tierras.

Se propone a los ejidatarios como contraprestación 68 millones 950 mil pesos, a razón de los 197 derechos sobre tierras de uso común que se encuentran debidamente inscritos y reconocidos ante el Registro Agrario Nacional (RAN), lo que correspondería a la cantidad de 350 mil pesos por cada uno de los titulares de los derechos sobre las tierras, según el listado emitido por el RAN que igualmente anexan, y que CEMAT auxilie al ejido en la instrumentación de una obra de infraestructura con valor estimado de un millón de pesos, sin especificar de qué tipo.

Aunque no menciona en qué consiste el proyecto que pretenden realizar, dice que atendiendo a la naturaleza del proyecto que se pretende desarrollar en las “Tierras Ofertadas”, en caso de concretarse, CEMAT tiene la mejor disposición de implementar las medidas necesarias para realizar un aprovechamiento sustentable y mitigar cualquier impacto ambiental.

Describe diversas acciones que se podrían realizar, tales como la protección y conservación del medio ambiente, a través de implementar medidas para reducir la emisión de contaminantes atmosféricos, incluyendo la instalación de filtros de partículas y sistemas de captura de CO2 en los procesos de producción, optimizar el uso de recursos naturales minimizando el consumo de energía y promoviendo el uso de energías renovables y combustibles alternativos.

Así como una serie de medidas respecto al manejo responsable de residuos, en lo referente a su gestión, tratamiento y disposición; de protección de los recursos hídricos, como garantizar el uso eficiente en los procesos, y evitar descargas de residuos peligrosos o contaminantes; de control y reducción de emisiones atmosféricas; y de compromiso con la biodiversidad y el entorno natural, mediante programas de reforestación y restauración ecológica en áreas cercanas.

Además de que se asegura habrá transparencia y responsabilidad social ambiental, y para ello se mantendrá un diálogo abierto con las comunidades aledañas, promoviendo la participación ciudadana y la consulta pública en temas ambientales, así como capacitación a sus empleados sobre prácticas sustentables y normativas ambientales.

Para instrumentar la adquisición, preliminarmente proponen estructurar la operación mediante tres pasos, siendo el primero la celebración de un contrato de usufructo y promesa de enajenación, ratificado ante notario público, en el cual se pacten como condiciones el parcelamiento de las tierras y la obtención del dominio pleno sobre estas, incluyendo la expedición de los títulos de propiedad de origen parcelario respectivos.

Posteriormente, vendría la celebración de una asamblea de mayoría calificada, en la que se acuerde el cambio de destino de tierras de uso común a parcelada, la asignación de las nuevas parcelas a favor de las personas físicas que CEMAT destine para tal efecto, y la autorización de adoptar el dominio pleno sobre estas “nuevas parcelas”.

Como tercer paso plantean la adopción del dominio pleno sobre las “nuevas parcelas”, por conducto de las personas físicas que CEMAT designe para tal efecto, incluyendo lo relativo al procedimiento de primera enajenación de cada una de las parcelas.

Por ello proponen que la contraprestación que sea pactada se liquide en las exhibiciones necesarias, según se ejecuten tales supuestos, iniciando con un pago por el 15 por ciento del precio a la ratificación del contrato respectivo.

En la carta se advierte que la oferta tendrá una vigencia de 90 días hábiles, por lo cual, en caso de que la asamblea esté de acuerdo, deberá comprometerse a no ofrecer las tierras de interés, sean en enajenación a ningún tercero y/o a no celebrar acto jurídico por el que se otorgue el uso usufructo, transmita, grave o enajene tales tierras; y precisan que la oferta también depende de que CEMAT obtenga un compromiso de venta respecto de las distintas parcelas individuales que se ubican en las tierras de uso común.

Finalmente, piden a la asamblea, incluyendo a todos los integrantes del ejido, que se comprometan en todo momento, a mantener en estricta confidencialidad los términos de la oferta, así como cualquier información y documentación de cualquier clase o naturaleza durante un plazo de cinco años.

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