Eduardo Delgado
- Pero no lo sancionaron porque no es una falta electoral sino administrativa.
Por unanimidad, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) confirmó que el alcalde perredista, Ricardo Gallardo Juárez, violó la Constitución General de la República al incurrir en su promoción personalizada con recursos públicos, sin embargo los consejeros se deslindaron de la sanción y turnaron el caso a la Contraloría Municipal y al Cabildo capitalino, bajo el argumento que no incurrió en una falta a las normas electorales sino administrativa porque no lo hizo durante la jornada electoral.
En sesión ordinaria celebrada hoy, la representante del Partido Acción Nacional ante el organismo electoral, Lidia Argüello Acosta, anunció que impugnará la resolución porque no atiende lo dictado por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación e incluso anticipó la interposición de un juicio de responsabilidad en contra de los consejeros.
La presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias en el CEEPAC, Zelandia Bórquez Estrada, expuso que el alcalde capitalino incurrió en su promoción personal con dinero público, lo que constituye la violación a la ley, pero que no lo hizo durante la jornada electoral, expuso al poner en consideración del pleno el proyecto de resolución del Procedimiento Sancionador Ordinario identificado PSO-08/2016 y sus acumulados PSO-09/2016 y PSO-10/2016, en cumplimiento a lo ordenado el 26 de octubre de 2017 por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El artículo 134 de la Constitución General establece, entre otras cosas, que “la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.
Al abrir la discusión, la panista Lidia Argüello manifestó su oposición al proyecto resolución porque prácticamente exime al alcalde de las faltas acreditadas y anunció la interposición de un juicio de responsabilidad contra los consejeros integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias, que además de Zelandia Bórquez componen Edmundo Fuentes Castro y Marco Iván Vargas Cuéllar, por encubrimiento y obstrucción de la justicia.
A su vez el representante del Partido Conciencia Popular, Hayro Omar Leyva Romero, advirtió que la falta cometida por el edil capitalino es de tracto sucesivo y que eso sería causa de nulidad de su registro como candidato a reelegirse.
Por su parte, el consejero Edmundo Fuentes sostuvo que “cada quien interpreta la ley a su modo” y que a su juicio quedó debidamente acreditado la promoción personalizada de Gallardo, además que no lo habría hecho en durante el proceso electoral.
Zelandia Bórquez aseveró que la comisión realizó una investigación exhaustiva, pero que a ese organismo no les corresponde resolver asuntos de carácter administrativos y que por eso se turna el caso al Cabildo y a la Contraloría Municipal para que procedan conforme a la ley.
“En una lectura de la resolución pareciera que se exonera al alcalde”, precisó el consejero Martín Faz Mora e indicó de los elementos requeridos para sancionar a Gallardo Juárez no se acreditó el temporal, porque se confirmó que el Ayuntamiento pagó propaganda en los diarios locales Pulso y El Sol de San Luis.
En una segunda intervención, el representante de Conciencia Popular advirtió que un elemento de suma importancia lo constituye la comunicación social y que en ese sentido es de suma importancia lo que el área de prensa del CEEPAC informe públicamente al respecto.
Por su parte el consejero Rodolfo Aguilar Gallegos, ex presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias, anunció la emisión de su voto particular y advirtió que el resultado de la resolución tendrá el mismo resultado que la anterior.