Eduardo Delgado
El partido Morena, su abanderada a la gubernatura, Mónica Liliana Rangel Martínez, y las ex aspirantes a esa candidatura, Paloma Raquel Aguilar Correa y Luz María Lastras Martínez, deberán pagar la multa que les impuso el Instituto Nacional Electoral (INE), confirmó esta tarde el Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en su Sala Superior.
Así, quedan firmes las sanciones económicas aprobadas el pasado 12 de mayo en el Consejo General del órgano electoral; en el caso de Morena por un monto de 5 millones 923 mil 788.28 pesos, mientras a Mónica Rangel, Paloma Rachel Aguilar y Luz María Lastras por la cantidad de 434 mil pesos a cada una.
A propuesta de la magistrada Janine Madeline Otálora Malassis, en sesión celebrada por video conferencia, los integrantes del pleno confirmaron las sanciones aprobadas por la omisión en la presentación de sus informes de ingresos y gastos en precampañas.
En resolución de los expedientes SUP-JDC-931/2021, SUP-JDC-933/2021, SUP-JDC-933/2021 y SUP-RAP-133/2021, el pleno decretó que Mónica Rangel, Paloma Rachel Aguilar y Luz María Lastras, “sí tuvieron el carácter de precandidatas”, independientemente de los ajustes a la convocatoria para la elección de la candidata de Morena a la gubernatura.
Por ende, calificaron como “inoperantes e infundados” los argumentos expuestos por el instituto político, su abanderada y las ex aspirantes, porque sostuvieron que el INE emprendió el procedimiento oficio “adecuadamente”.
“Las actoras sí tuvieron el carácter de precandidatas, independientemente de la denominación que se hubiera empleado. Incluso una de las personas investigadas reconoció que realizó actos de posicionamiento en el proceso interno”, precisaron.
Tampoco, decretaron, el INE las afectó respecto de la temporalidad, pese a que arguyeron que los ajustes a la convocatoria provocaron que las precampañas no se dieran en el tiempo legal, sin embargo eso no les evadió de la responsabilidad de cumplir con sus obligaciones en materia de fiscalización, expusieron.
“Si bien el 18 de enero de 2020 ya había concluido la precampaña, el procedimiento de revisión de informes aún estaba en curso”, por lo que “en consecuencia las precandidatas estaban en posibilidad de presentar el informe ante el órgano partidista en ceros, siempre que a la fecha de su presentación la autoridad fiscalizadora estuviera en posibilidad de revisarlo debidamente”, abundaron.
Ello, estimaron, a fin de evidenciar “su ánimo” del cumplimiento de las obligaciones en materia de fiscalización, al margen de que el periodo para su presentación hubiese concluido.