Eduardo Delgado
El Tribunal Electoral del Estado (TEE) confirmó la sanción impuesta por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) al alcalde capitalino, Francisco Xavier Nava Palacios, por la difusión de su segundo informe de gobierno en un medio informativo de Ciudad Valles.
En sesión celebrada este martes, la magistrada Yolanda Pedroza Reyes y el magistrado Rigoberto Garza de Lira aprobaron la resolución propuesta por la presidenta de ese órgano jurisdiccional, Dennise Adriana Porras Guerrero, en el expediente identificado con la clave TESLP/RR/74/2021.
En su sentencia, ratificaron la resolución aprobada el pasado 28 de junio por el Ceepac, derivada de la denuncia interpuesta contra Xavier Nava por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), de modo que los consejeros dieron vista al Congreso del Estado para que este le imponga la sanción respectiva.
Magistradas y magistrado reafirmaron que el edil capitalino violó el artículo 347 párrafo tercero de la Ley Electoral del Estado, que limita la propaganda de los informes anuales de labores, “en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público”.
Ello, porque además de la publicación de información relativa a su segundo informe de labores en un medio impreso de Ciudad Valles, también fue instalado el año pasado un anuncio espectacular en Soledad de Graciano Sánchez.
El presidente municipal alegó ante el Tribunal local que no se acreditó de manera plena su responsabilidad, pues expuso que fueron actos materialmente ejecutados por el departamento de Comunicación Social del Ayuntamiento, cuyo director es Tiburcio Cadena.
En ese contexto, consideró que el Ceepac vulneró el debido proceso y su presunción de inocencia, con la aprobación de una resolución “sin la debida fundamentación y motivación”.
No obstante, el pleno del TEE calificó de infundados los agravios expuestos por el edil, pues asentaron que “él es el responsable indirecto” de la difusión del informe anual de sus actividades.
Por lo que resolvieron en sentido contrario a la pretensión de Xavier Nava, cuyo propósito era que el Tribunal local revocara lo resuelto el pasado 28 de junio por el organismo electoral presidido por la consejera Laura Elena Fonseca Leal.
De acuerdo a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, el alcalde puede impugnar la sentencia dictada por los magistrados locales, para que la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dictamine si la reafirma, desecha, revoca o modifica.