San Luis Potosí, México (15 de junio de 2015).- La trata de personas dejó de ser un delito tipificado en el Código Penal de San Luis Potosí, debido a una reforma hecha por la Legislatura actual en Septiembre de 2014, cuando se eliminó el artículo 195 de este código, que imponía una pena de hasta 15 años de cárcel.
Ello, pese a que diversos organismos nacionales e internacionales han advertido sobre la presencia de traficantes de personas y víctimas de trata en la entidad; incluso apenas el mes pasado, la PGR desmanteló una red que operaba en pleno centro histórico de la capital potosina.
Sobre la investigación de este delito, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), mediante el oficio 010/2013 del 9 de abril de 2013, enviado a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), aseguró contar con una “Fiscalía Especializada para conocer del Delito de Trata de Personas, adscrita a la coordinación de los Delitos de Alto Impacto.
Pero los resultados de esa fiscalía aún no se conocen; y la propia CNDH señala: “tres entidades, en un lapso de cuatro años (2009 a 2013), fueron omisas en reportar una sola averiguación previa por el delito de trata de personas: Baja California Sur, Jalisco y San Luis Potosí.
Por lo que hace a 2014 y 2015, tampoco hay registro en juzgados penales del fuero común de averiguaciones previas consignadas por la Procuraduría estatal por el delito de trata de personas. En ese doble juego de pretender investigar y castigar un delito que ya no existe en el código local, la entidad también cuenta con una Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas, desde 2011, que entre muchas otras tareas, establece que debe existir un registro de las averiguaciones previas de dicho delito.
Fuente: Prodigy Msn.