Angélica Campillo
Por violación al derecho humano a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada de los pueblos y comunidades indígenas náhuatl y tének, con relación al Plan Municipal de Desarrollo, el Congreso del Estado inhabilitó durante seis años para ocupar algún cargo público al presidente municipal de Tampamolón Corona, Isidro Mejía Gómez, así como a ocho integrantes más de su cabildo.
Luego del juicio político llevado a cabo en contra de los miembros del cabildo de Tampamolón Corona, en sesión privada llevada a cabo este miércoles 8 de septiembre en la sede de Poder Legislativo, los diputados aprobaron inhabilitar durante seis años para ocupar algún cargo público a Isidro Mejía Gómez; Martha Patricia Cano Yañez; Rosalba Santiago Hernández; Régulo Luna Rea; Eloisa Silviano Camargo: Juana Icela León Hernández; Francisco ldelfonso Santiago; y Martin Trinidad Martínez, ensu carácter de presidente municipal regidores y sindico del ayuntamiento del mencionado municipio, correspondiente a la administración 2018- 2021.
A fines del mes de enero del 2020, la Comisión Estatal de Derechos (CEDH) recibió 20 quejas de personas originarias del municipio de Tampamolón Corona, quienes solicitaron investigar sobre presuntas violaciones a sus derechos humanos en relación con las omisiones en la consulta indígena para la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021 de citado lugar.
En marzo de 2019, las víctimas presentaron un escrito de queja en el que señalaron que ese Ayuntamiento elaboró, aprobó y publicó el Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021, sin realizar la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada a las comunidades indígenas de ese municipio, de acuerdo con lo señalado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley de Consulta Indígena para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.
Asimismo, se dolieron de que el Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas, así como la Coordinación Estatal para el Fortalecimiento Institucional de los Municipios (CEFIM) omitieron brindarles asesoramiento, capacitación y seguimiento al proceso para que fueran consultados.
En ese sentido, las víctimas interpusieron un Juicio de Amparo Indirecto mediante el cual se concedió el amparo y protección de la Justicia Federal a los peticionarios, por lo que posteriormente el Ayuntamiento llevó a cabo diversas reuniones tendientes a realizar debidamente la Consulta.
Sin embargo, en estas se advirtió la presencia de personas armadas, además que una de las víctimas había recibido amenazas directas para que desistiera de los procedimientos legales en contra del Plan Municipal de Desarrollo y su consulta.
Derivado de ello, la CEDH radicó el expediente 2VQU-088/2019, dentro del cual se recopilaron datos y documentos relacionados con los hechos. Se solicitó información a las autoridades, se entrevistaron a víctimas, testigos, y evidencias documentales, con las cuales se procedió a emitir la Recomendación 3/2020 dirigida al Alcalde de Tampamolón Corona con el objeto de que se cumplan los siguientes puntos recomendatorios: garantizar condiciones de seguridad y absoluta libertad para que las víctimas participen en la Consulta; colaborar en la inscripción de 20 personas en el Registro Estatal de Víctimas; investigar a dos funcionarios para determinar su responsabilidad administrativa; y dar vista de la Recomendación a regidores y síndico que integran el pleno del cabildo.