Fernanda Durán
El Congreso del Estado legislará la propuesta que otorga la capacidad a los deudores alimentarios de solicitar la rendición de cuentas sobre el uso de la pensión alimenticia.
“Con el fin de prevenir que la pensión alimenticia sea utilizada para adquirir productos o servicios ajenos a las necesidades de los menores”, el diputado Cuauhtli Badillo Moreno propuso la reforma al artículo 152 del Código Familiar para el Estado.
La iniciativa establece:
“El acreedor alimentario o quien administre la pensión, deberá rendir cuentas ante el juez competente, a petición del deudor alimentario, de la aplicación de la pensión entregada por el deudor por concepto de alimentos”.
Esta petición tendrá que ser bien sustentada y avalada por un juez, para que el deudor tenga la certeza de que la pensión otorgada cumpla con el objetivo de satisfacer todas y cada una de las necesidades alimenticias.
No obstante, la rendición de cuentas no requerirá pruebas directas o documentos, sino que en cada caso deberán valorarse las presunciones humanas y las situaciones particulares “de las que razonablemente pueda desprenderse de manera general la aplicación de los recursos o su finalidad”.