Por Victoriano Martínez
Este jueves los diputados lo volverán a hacer: aprobarán un nombramiento que responderá a los deseos del gobernador Juan Manuel Carreras López o, como alternativa, podrían repetir la hazaña de no lograr la mayoría calificada y entonces devolver la terna para Fiscal Anticorrupción para que lo designe directamente el mandatario, quien de cualquier modo se saldrá con la suya.
Ya no es novedad que desde el Congreso del Estado le pongan los asuntos a modo al gobernador, no importa si son diputados experimentados en hacerlo, o suplentes en funciones que muy pronto se acomodan a ese redil.
Este mismo jueves, el diputado Luis Ángel Rocha Nájera, suplente del diputado Mauricio Ramírez Konishi, presentará una iniciativa para modificar la Ley de Bienes del Estado y Municipios para eliminar la obligación de que “en todos los casos (de enajenación de bienes) deberá de acreditarse que el importe de la venta, será utilizado en infraestructura pública productiva”.
En lugar de que sea destinado a infraestructura pública productiva, Rocha Nájera propone que se destine “a los conceptos y en términos de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios”.
Tan clara es la dedicatoria para los objetivos de Carreras López en su intención de vender el terreno que habría ocupado la Ford, que los conceptos a los que remite la iniciativa del diputado son “tales como la amortización de la deuda pública, el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores, pasivos circulantes y otras obligaciones…”.
La modificación propuesta le abre la puerta a Carreras López para poder enfrentar, con la venta de los terrenos, los compromisos con tres instituciones bancarias de las que obtuvo en 2020 créditos por mil 300 millones de pesos a través de financiamientos de corto plazo conforme el Artículo 6° fracción II de la Ley de Deuda Pública para evitar la necesidad de que el Congreso se los aprobara.
La postura de un diputado suplente que muestra que la rapidez con la que, al incorporarse al cuerpo legislativo, se alinean a la forma de actuar de la mayoría de sus integrantes. ¿Hasta dónde alcanzará para lograr cumplirle a Carreras López el nombramiento de un fiscal carnal anticorrupción con mayoría calificada?
Las comisiones de Gobernación y de Justicia por lo pronto ya hicieron su labor de oficialía de partes acrítica que se limita a verificar que las solicitudes incluyan todos los documentos requeridos, y emitieron un dictamen en la que pretenden presentar al pleno a la terna propuesta por Carreras López como candidatos en igualdad de circunstancias, salvo que…
En su afán por ser objetivos y aportar mucha información para que el Pleno decida, reprodujeron en el dictamen los currículos completos de los tres candidatos propuestos. Primera fuente de diferencias: el currículo de Felipe Aurelio Torres Zúñiga y ocupa 121 páginas, el de Claudia Hernández Ibarra 43, y el de Jorge Eduardo Ríos Betancourt 22.
En el considerando en el que concluyen que los propuestos cumplen con los requisitos para ser fiscal anticorrupción, hacen una descripción con párrafos exactamente iguales para cada uno de ellos sólo con los datos personales cambiados para cada caso, aunque incurren en una omisión, cual si Torres Zúñiga y Ríos Betancourt no hubiesen cubierto un requisito.
El siguiente párrafo sólo lo incluyen para Hernándes Ibarra:
Se colma el requisito señalado en la fracción IV del artículo 99 de la Constitución Política del Estado, extremo que se acredita debidamente con el documento que bajo protesta de decir manifiesta que durante el transcurso de su vida se ha conducido con valores de honestidad, lealtad y respeto a las leyes, reglamento y buenas costumbre que nos rigen, por lo que manifiesta además tener, gozar de buena reputación en su entorno, social, familiar y profesional.
¿Acaso Torres Zúñiga y Ríos Betancourt no presentaron esa declaración bajo protesta de decir verdad?
Como dato hasta chusco, en el cuarto de estos párrafos de cumplimiento se refieren a Claudia Hernández Ibarra como “la profesionista propuesto”, a Ríos Betancourt igual, “la profesionista propuesto”, y a Torres Zúñiga como “el profesionista propuesto”. ¡Otra vez el descuido en el copiar-pegar!
Detalles de un documento que en los hechos resulta un dictamen irrelevante porque nada aporta para que los integrantes del Pleno cuenten con elementos de una real evaluación con parámetros y estándares de buenas prácticas para que decidan su voto. Es decir, votarán como siempre, se volverá a hablar de intercambio de favores, compra de voluntades, etc.
En esta ocasión para los diputados la carga de cumplirle al gobernador es más ligera. Si no alcanzan la mayoría calificada y la propuesta es rechazada, por ser la segunda ocasión en que Carreras López envía una terna en la que repite a Torres Zúñiga , queda facultado para realizar el nombramiento de manera directa, según el quinto párrafo del artículo 122 Bis de la Constitución estatal.
En caso de que el Congreso rechace la propuesta, el Gobernador del Estado presentará una nueva terna en los términos del párrafo anterior; si esta segunda propuesta fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que, dentro de la misma, designe el Gobernador del Estado.
O sea, lo que está en juego es si los diputados asumen la responsabilidad de nombrarle un fiscal carnal anticorrupción a Carreras López, o quedan mal con él para que finalmente se tenga que salir con la suya aunque con su capricho más expuesto.