De ser culpable, ‘Chapodiputada’ iría 12 años a la cárcel

 

Ciudad de México (14 de junio de 2016).- La diputada de Congreso de Sinaloa,Lucero Sánchez López, podría estar recluida hasta 12 años si se comprueba que utilizó una credencial de elector falsa para acudir a una audiencia en el penal del Altiplano con Joaquín El Chapo Guzmán el 4 de septiembre de 2014.

Autoridades de la Procuraduría General de la República (PGR) afirmaron a La Silla Rota que las pruebas periciales que mantienen, evidencian que la legisladora presentó una credencial para votar con su foto, pero con el nombre de Devany Vianey Villatoro Pérez, aquel día que ingresó al penal del Altiplano.

De acuerdo con el Código Penal Federal, la falsificación de documentos de carácter público constituye un delito que se castiga con entre 4 y 8 años de cárcel e implica una multa económica de entre 200 y 360 días.

La pena podría aumentar debido a que Sánchez López al momento de cometer el presunto delito formaba parte del Congreso local, por lo que el ordenamiento podría ser aplicado al considerar que la legisladora es servidor público; agravaría el castigo penal.

En caso de que el Poder Judicial la encontrara culpable de la comisión de este delito, la diputada sinaloense podría recibir una pena corporal de hasta 12 años y 540 días de multa económica.

El delito del que se le acusa a la diputada está presente en el Código Penal Federal, básicamente en el artículo 243 y 246.

Desde este lunes, Lucero Sánchez López ya no cuenta con el fuero legislativo, luego que el pleno de la Cámara de Diputados, instalado como Jurado de Procedencia, aprobó retirarle de esta figura de protección.

Camino legal.

El grupo de abogados que defienden a Lucero Sánchez López, espera que en las próximas horas su cliente sea detenida y presentada por autoridades federales a un juez de Sinaloa, luego que el Congreso de la Unión le retirara la figura del fuero.

Sánchez López podría estar recluida hasta que un Juez ordene la formal prisión para que la legisladora de Sinaloa responsa por la acusación del presunto delito de uso de documento público falso.

Dicha acusación –radicada en Sinaloa en el Juzgado Cuarto de Distrito, con expediente 272/2016—le permitiría a Sánchez López y a su grupo de abogados, obtener el beneficio para que la legisladora concluya el proceso penal en libertad, siempre y cuando la PGR evite presentar denuncias por otros delitos.

En caso que la autoridad federal acuse a Sánchez López de la posible comisión de otros delitos, la situación jurídica de la legisladora –inicialmente postulada por el Partido Acción Nacional, ahora expulsada por esta agrupación— podría agravarse y llevar el proceso penal recluida en algún centro federal.

Ley General de Delitos Electorales.

A reserva de que la Procuraduría General de la República, a través de Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos electorales (Fepade), amplíe su acusación en esta materia, la legisladora del Congreso de la Sinaloa podría también enfrentar una acusación de corte electoral.

El artículo 13 de dicho ordenamiento ilegal establece una penal de sesenta a doscientos días multa y prisión de tres a siete años, a quien “por cualquier medio altere o participe en la alteración del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores o participe en la expedición ilícita de una o más credenciales para votar con fotografía”.

La PGR acusa a la legisladora Sánchez López de presentar una credencial para votar con su foto, pero con un nombre distinto al de ella, aquel día que ingresó al penal del Altiplano para encontrase con Joaquín El Chapo Guzmán.

De acuerdo con autoridades federales la dependencia, que dirige Arely Gómez González, la PGR evalúa ampliar la investigación y saber de qué forma obtuvo este documento oficial apócrifo a fin de saber si esta forma de operar su usó para fines electorales.

La Ley General en Materia de Delitos Electorales prevé penas corporales a quien “altere, falsifique, destruya, posea, use, adquiera, comercialice, suministre o transmita de manera ilegal, archivos o datos de cualquier naturaleza, relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores”.

En caso de que se trate de servidor público la pena se incrementaría un tercio más, advierte el marco legal vigente en nuestro país para aquellos delitos de orden electoral incluida el uso de la credencial de elector.

Fuente: La Silla Rota.
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