Fernanda Durán
El Congreso del Estado recibió una iniciativa que propone reformar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de San Luis Potosí para establecer la mínima intervención y no revictimización en procesos judiciales donde menores de edad participen como víctimas o testigos.
La propuesta promovida por el diputado del Partido Verde Ecologista de México, César Lara Rocha, plantea adicionar dos nuevas fracciones a los artículos 6 y 13 de la ley con el objetivo de evitar que niñas, niños y adolescentes sean llamados repetidamente a declarar o sometidos a múltiples peritajes psicológicos o psiquiátricos, bajo el argumento de reducir así el impacto emocional derivado de su participación en procedimientos judiciales.
La propuesta se encuentra de la siguiente manera:
Artículo 6. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:
XVII. Mínima intervención cuando intervienen en procedimientos judiciales como víctimas o testigos: Consiste en que, cuando se solicite a niñas, niños y adolescentes quienes sean llamados a juicio, a ejercer su derecho a emitir su opinión en todo lo que les concierne, el menor número de veces posible, siempre y cuando se haga fuera del horario escolar;
XVIII. No revictimización cuando intervienen en procedimientos judiciales como víctimas o testigos: Implica que en el ámbito de la función jurisdiccional, las personas juzgadoras deben tomar las medidas necesarias para evitar la revictimización de niñas, niños y adolescentes, las cuales se deben guiar por el criterio de más beneficio y atender sus necesidades, el contexto y la propia naturaleza del acto criminal sufrido;
Artículo 13. La protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes tiene como objetivo asegurarles un desarrollo pleno con perspectiva de género, lo que implica que tengan la oportunidad de formarse física, mental, emocional, social y moralmente en condiciones de igualdad. Para ello son aplicación de esta ley, los siguientes:
XV. El derecho al adecuado desarrollo evolutivo de la personalidad; como victima interestigo, en juicios cuando intervienen en procedimientos judiciales.
XVII. No revictimización en juicios cuando intervienen en procedimientos judiciales como víctimas o testigos.
De acuerdo con la exposición de motivos, la repetición de entrevistas o pruebas puede incrementar el daño psicológico en infancias que han sido víctimas de delitos, por lo que se busca reducir la participación al menor número de veces posible en audiencias judiciales; que reciban un trato digno, información clara y adecuada sobre los procedimientos; proteger su privacidad y seguridad; y evitar procedimientos que expongan innecesariamente su experiencia.
En la propuesta señala que aunque estos principios ya se encuentran reconocidos en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, no están incorporados de forma específica en la legislación estatal.
La iniciativa fue turnada a la Comisión Primera de Justicia; con opinión de la Comisión de Niñas, Niños, Adolescentes, Juventud y Deporte para su análisis y eventual dictamen.