Disparate, iniciativa de Edgardo Hernández Contreras

Leticia Vaca

“Cuando ocurren este tipo de cosas absolutamente disparatadas y que no obedecen a ningún criterio racional, sino a una ocurrencia, yo inmediatamente recuerdo la figura de Varguitas en la Ley de Herodes (película); en la política nacional y local estamos llenos de Varguitas que se les ocurre estas cosas”, opinó Juan Mario Solís Delgadillo, investigador de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), respecto a la iniciativa que presentó el diputado Edgardo Hernández Contreras para que quienes deseen participar en los comicios y se encuentren en algún cargo público, se separen de su encargo cuando menos un año antes de la elección.

Además, explicó que es predecible que no prospere la propuesta de Hernández Contreras porque contravendría a disposiciones federales, ya que con la iniciativa, según se expone en la Gaceta Parlamentaria, “quienes sean secretarios, subsecretarios, fiscal general del Estado, titulares de los organismos descentralizados o, peor, desconcentrados de la administración, a los que ésta Constitución otorga autonomía, funcionarios de elección popular de los ayuntamientos, titular de alguno de los organismos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga autonomía, ni ser secretario o subsecretario de Estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o descentralizados de la administración pública federal, no deben contar con el privilegio de separarse con los 120 días que señala la multicitada fracción V, ya que con ello se transgrede la democracia”.

Situación de la que Solís Delgadillo, aclaró, si bien los estados gozan de una autonomía o una soberanía, no pueden pasar por encima de una legislación que está aprobada por el pacto federal, y “si llegara aprobarse en el Congreso del Estado, estaríamos hablando de que tenemos varios Varguitas más, sinceramente yo no creo que exista tanto nivel de insensatez o de indolencia como para darle entrada a una iniciativa que no tiene ni pies ni cabeza”.

“Complicado”, ampliar el plazo, considera Faz Mora

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que no es necesario que los integrantes de los ayuntamientos que busquen la reelección deban separarse 90 días de su encargo antes de la elección.

En ese contexto, Martín Faz Mora, miembro del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), puntualizó que con tales antecedentes, aunque el legislador no habla de reelección, resultaría “complicado ampliar el plazo, pero, insisto, habría que ver el fundamento alegado en la iniciativa para ver si es lo suficientemente sólido como para ir en contra de tales resoluciones judiciales”.

Agregó que dicha sentencia de los expedientes SM-JDC-91/2018 y SM-JDC-92/2018, emitida el 22 de marzo de 2018, fue el resultado de recursos que interpusieron varios candidatos que intentaron reelegirse como alcaldes en el pasado proceso electoral, “así que establecer una restricción de un año estaría a contrapelo de lo dispuesto por el Tribunal”, reiteró.

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