Por Victoriano Martínez
¿Por qué a diez días de que se realice la jornada plebiscitaria el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) sigue sin difundir información que le ayude a los interesados en formar parte de este evento histórico a tomar una decisión con conocimiento de causa? Una imagen publicada por el organismo electoral da una pista.
Cuando el 20 de julio, un día después de aprobada la convocatoria, se abrió al público en el portal Web del CEEPAC el micrositio sobre el plebiscito la expectativa era encontrar ahí, además de las incidencias de la organización del ejercicio de consulta, la información suficiente y pertinente para poder valorar pros y contras de la alternativa de un sí a un no al municipio número 59.
A lo más que se llegó en ese sentido fue a la publicación de tres versiones del polígono que se convertiría en nuevo municipio. Los primeros dos, versiones diferentes de uno mismo, en tanto que la tercera con una reducción de la superficie realizada por el Congreso del Estado.
No hay mayor difusión sobre la diferencia entre los polígonos ni siquiera para dar claridad sobre cuál es el efectivo, lo que dejará abierta una duda: ¿cuántos votarán por que el nuevo municipio quede conformado según uno de los polígonos y cuántos según el otro? Una falta de certeza en la decisión que el CEEPAC dilucida con una imagen.
“¿Cuál es el tema que se consultará en el plebiscito? El H. Congreso del Estado solicitó al CEEPAC que realice un plebiscito para que se consulte a la ciudadanía del municipio de San Luis Potosí y que ésta exprese su opinión, afirmativa o negativa, sobre la solicitud que promueve otorgar la categoría de municipio al centro de población que se conoce como Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí”.
Esa es la información adicional sobre el tema del plebiscito y quien pretenda encontrar alguna información adicional tendrá que dedicarles casi seis horas a los videos de los cuatro foros informativos para percatarse que en todos se exhortaba al CEEPAC a informar y propiciar que se debatieran públicamente los pros y contras, sin que los consejeros electorales reaccionaran.
La consideración del CEEPAC sobre lo innecesario de ese debate también queda explicada en la misma imagen, publicada el 15 de agosto, apenas definida la pregunta para el plebiscito.
Una imagen que describe con claridad la forma en que se auto perciben los consejeros electorales, pero también la forma en que prejuzgan a la ciudadanía y optan por sobrevalorarla en una condición como ciudadanos ejemplares, a pesar de que en publicaciones del propio organismo es frecuente que se hable de un déficit de ciudadanía.
Negar de esa manera el derecho a la información pertinente para la participación es violentar un derecho humano de los ciudadanos que deja ver por qué existe un déficit de ciudadanía: el déficit de consejeros electorales de un organismo ciudadanizado es mucho mayor, al claramente anteponer intereses ajenos a garantizar los derechos políticos de la población.
Agravios individuales y colectivos, hasta donde se sabe, ya generaron tres solicitudes de amparo. Aunque uno ya fue desechado, resulta necesario señalar que no fue porque las irregularidades que lo motivaron no existieran, sino porque el artículo 61 de la Ley de Amparo señala como improcedente esa vía contra las resoluciones de “las autoridades competentes en materia electoral”
La misma imagen justifica que el CEEPAC viole el derecho humano a la información como materia prima para una auténtica participación porque de tal manera sobrevalora la actitud ciudadana de la población que da a entender que no requiere que se le informe porque lo hace por sí misma.
“Sé que estás ahí ciudadano informado que deseas participar en el plebiscito”, dice la personificación del CEEPAC desde lo alto de un balcón (una escena en Springfield, de Los Simpson) mientras que desde abajo se ven como respuesta un “Sí”, un “estam@s listos”, un “aquí estoy” y un “nos vemos el 24 de septiembre”.
Algo así como que desde arriba (muy arriba), con poca posibilidad de interactuar con la ciudadanía que representan, los consejeros electorales se asumen como los benefactores de esa población informada y deseosa de participar, que sólo tienen que dedicarse a organizar la logística para que acudan a las urnas a opinar… aunque no se les informen los detalles sobre qué.
Difundir la pregunta “¿Estás de acuerdo en que Villa de Pozos sea municipio?” en esas condiciones equivale tanto como preguntar al público “¿Te parece una gran canción la que sacará (ponga aquí el cantante que prefiera) en 2024?”. Hasta los consejeros electorales reclamarían: primero necesito escucharla.
¿Entonces por qué concentran su campaña en pedir a la ciudadanía que diga sí o no a la municipalización de Villa de Pozos sin explicarles pros y contras como les pidieron en los foros por ellos mismos organizados? Para decir sí o no a la municipalización, primero se necesita saber de qué se trata.
El prejuicio del ciudadano informado que está ahí sólo para atender al llamado del CEEPAC para participar (según la imagen) no sólo resta certeza a la captación de opiniones (por cuál polígono votarán, por ejemplo), sino que denigra al organismo como garante de los valores de la democracia y degrada la significación e importancia de la participación ciudadana.