El TEE declara infundados los agravios de Galindo por su expulsión del PRI

Estela Ambriz Delgado

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) determinó como infundados los agravios manifestados por el presidente municipal Enrique Galindo Ceballos, en el juicio promovido contra las comisiones estatal y nacional de justicia partidaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) por su expulsión del instituto, pues fue notificado válidamente y tuvo oportunidad de ejercer su defensa.

Este viernes 21 de febrero, en sesión del TEESLP, por unanimidad se determinó que los agravios expresados en el juicio TESLP/JDC/128/2024 resultan infundados, pues de un análisis integral de los motivos de inconformidad, se encontró que no le asiste la razón al recurrente, pues contrario a lo que afirma, no se vulneró su derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, consistente en la violación a sus garantías de audiencia y del debido proceso, al no habérsele notificado de manera personal de la demanda en su contra.

Ello debido a que del análisis de las constancias que obran en el juicio ciudadano, el tribunal se percata de que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria (CNJP) del PRI atendió las necesidades esenciales que se deben cumplir para garantizar el derecho de audiencia dentro del procedimiento especial sancionador, dado que Galindo Ceballos fue notificado válidamente y tuvo oportunidad de ejercer su defensa, aunque decidió no comparecer.

Entre los puntos resolutivos que igualmente fueron aprobados por unanimidad, se establece que el tribunal es competente para conocer los derechos políticos del ciudadano, se declaran infundados sus agravios y se confirma en lo que fue materia de impugnación la resolución intrapartidaria de CNJP del PRI dentro del procedimiento sancionador de 5 de diciembre de 2024.

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