Elección de gobernador, en la antesala de los días clave

Por Victoriano Martínez

Los días claves para la elección de gobernador comienzan mañana y las señales que da el Tribunal Electoral del Estado lo muestran con una inclinación a evitar el perfeccionamiento de las indagatorias que le corresponde para resolver los juicios de nulidad interpuestos por la Coalición Sí por San Luis y por su candidato Octavio Pedroza Gaitán.

El acuerdo tomado por la magistrada ponente, Dennise Adriana Porras Guerrero, el pasado lunes con relación a la petición de los demandantes de la nulidad de la elección por el que se descarta solicitar información a las redes sociales de Instagram, Facebook, Twitter y YoTube, antes que la negación a la petición de una de las partes, tiene tintes de evasión de una obligación legal.

El artículo 18 de la Ley de Justicia Electoral, tras enumerar el tipo de pruebas que pueden ser ofrecidas y admitidas, señala que el Tribunal o los órganos competentes para resolver adicionalmente pueden realizar otro tipo de indagaciones. Así lo dice el último párrafo de ese artículo:

El Tribunal, o el órgano electoral competente para resolver, podrá ordenar el desahogo de reconocimientos o inspecciones judiciales, así como de pruebas periciales, cuando la violación reclamada lo amerite, los plazos permitan su desahogo y se estimen determinantes para que, con su perfeccionamiento, se pueda modificar, revocar o anular el acto o resolución impugnados.

También el artículo 35 de esa ley hace referencia a las acciones que deben emprender el Tribunal y los órganos competentes para lograr el perfeccionamiento de las indagaciones que lleven a una mejor resolución de las impugnaciones en trámite.

“El Tribunal en los asuntos de su competencia, podrá requerir a las autoridades federales, estatales y municipales, así como a los partidos políticos, candidatos, agrupaciones, organizaciones políticas y particulares, cualquier elemento o documentación que obrando en su poder, pueda servir para la sustanciación y resolución de los medios de impugnación”, dice el artículo 35.

Las limitantes para que no se realicen las indagaciones necesarias para el perfeccionamiento de la resolución tienen que ver con que no exista una dilación que provoque un daño irreparable por la violación reclamada o que sea obstáculo para resolver dentro de los plazos establecidos legalmente.

El plazo para que el Tribunal resuelva vence el 25 de agosto, en un mes y cinco días, por lo que hay tiempo para la indagatoria de perfeccionamiento (aun si no la hubiese solicitado una de las partes), por lo que –en sentido opuesto– no hacerla es lo que efectivamente provocaría un daño irreparable a la violación reclamada: los principios de legalidad y equidad por la violación a la veda electoral.

El artículo 35 señala además que “los requerimientos y diligencias a que se refiere este artículo, sólo se ordenarán para el conocimiento de la verdad de los puntos cuestionados y, en ningún caso, podrán alterar o variar la litis planteada ni mejoraran o modificarán el acto impugnado”.

Si en los dos juicios presentados por la Coalición y su candidato se advirtió la necesidad de cuantificar el costo que le habría correspondido a Gallardo Cardona por la campaña de influencers desplegada durante la veda electoral conforme al alcance de los mismos en territorio potosino, es obvia la necesidad de que el Tribunal se allegue la información que descarta solicitar.

En sentido estricto, no existiría la necesidad de que una de las partes le solicitara realizar esa indagación, porque por ley el propio Tribunal lo puede hacer para perfeccionar su resolución.

Evitar el perfeccionamiento de la indagatoria, como lo hace según el acuerdo de Porras Guerrero, muestra una tendencia de parte del Tribunal que favorecería de antemano a una de las partes; en este caso, a quien ostenta la constancia de mayoría en la elección de gobernador, Ricardo Gallardo Cardona.

Se trata de una tendencia a una parcialidad que podría repetirse por parte de los magistrados sobre lo que tiene algunos antecedentes, entre los que el más destacado fue la anulación de la candidatura a la reelección de Xavier Nava Palacios por Morena, cuyo dictamen provocó señalamientos fuertes y hasta anuncios sobre la presentación de juicios políticos en su contra.

Mañana es un día clave para el proceso electoral potosino: el Instituto Nacional Electoral discutirá los dictámenes sobre la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña, agendados como puntos 2.46 y 2.47 del orden del día de la sesión que comenzará a las 11:00 horas de este jueves. Un dictamen cuyo sentido resultará determinante para la resolución del juicio de nulidad.

Skip to content